La globalización, el incremento exponencial de los flujos migratorios y la interconectividad de los mercados laborales han transformado estructuralmente las dinámicas de las relaciones de familia. En el ordenamiento jurídico chileno, la obligación de proveer alimentos, consagrada históricamente en el artículo 321 del Código Civil, enfrenta en la actualidad el complejo desafío de su exigibilidad extraterritorial.1 Cuando el acreedor alimentario (alimentario) y el deudor (alime