1. El mito de la compraventa notarial Es una creencia sumamente extendida en nuestro país que, al firmar un contrato de compraventa de un automóvil en una notaría, el comprador se transforma automáticamente en el nuevo dueño. Sin embargo, en el Derecho chileno, el solo contrato no transfiere la propiedad, ya que nuestro sistema exige ineludiblemente la concurrencia de un "título" y un "modo de adquirir"¹. El contrato de compraventa opera únicamente como el título traslaticio,