Hay un principio que suena obvio, pero que en la práctica judicial a veces se olvida: nadie puede resultar perjudicado por una resolución si no tuvo la oportunidad de ser oído antes de que se dictara. Eso es exactamente lo que acaba de reafirmar la Corte de Apelaciones de Temuco, en un fallo reciente que tiene consecuencias directas para las madres, padres y cuidadores que dependen de una pensión de alimentos para sostener a sus hijos. ¿Qué pasó? Un alimentante —es decir, la