En la litigación civil, pocos momentos son tan críticos como el cómputo del plazo de prescripción extintiva. La seguridad jurídica del deudor y el derecho a la tutela judicial del acreedor colisionan violentamente en el umbral del vencimiento del plazo. La pregunta que ha dividido a la doctrina y jurisprudencia chilena por más de un siglo es aparentemente sencilla pero de consecuencias devastadoras: ¿En qué momento exacto se entiende interrumpida civilmente la prescripción?