1. Corte Suprema Tribunal: Corte Suprema Fecha del fallo: 25 de junio de 2024 Rol de la causa: 38.128-2023 Doctrina asentada: Este fallo consagra rigurosamente el deber de seguridad en el consumo exigible a las instituciones bancarias, estipulado en el artículo 3 letra d) de la Ley N° 19.496. La Corte determina que el banco tiene la obligación legal y técnica de contar con sistemas de monitoreo continuo que identifiquen, evalúen y bloqueen en el menor tiempo posible operacion
INTRODUCCIÓN En un mundo cada vez más digitalizado, los fraudes financieros telemáticos constituyen una amenaza creciente para los usuarios de la banca. Según la ABIF, en 2023 se reportaron 671.352 fraudes por $243.198 millones. La legislación chilena ha evolucionado: Ley N° 20.009 (2005), reforzada por Ley N° 21.234 (2020) y Ley N° 21.673 (2024). El Decreto Supremo N° 435 (16/12/2024) fija en 35 UF el umbral de restitución. La Norma N° 538 de la CMF (17/06/2025) establece es