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El pago que llega tarde: ¿puede el deudor enervar la acción resolutoria mediante la excepción anómala del artículo 310 del CPC?
I. El dilema del deudor que paga tarde Imagine este escenario, que se repite en los tribunales civiles de todo el país. Una parte contratante incumple su obligación de pago. La otra —la que sí ha cumplido o ha estado llana a cumplir— opta por demandar la resolución del contrato, haciendo valer la facultad que le confiere el art. 1489 del Código Civil.1 Se notifica la demanda. Y entonces ocurre algo que los abogados conocen bien: el deudor reacciona, paga o consigna las sumas

Mario E. Aguila
22 jun


El Pago por Consignación: ¿Qué hacer cuando el acreedor se niega a recibir el dinero?
En la dinámica normal de las obligaciones, el deudor es quien suele tener dificultades para pagar. Sin embargo, existe una situación paradójica pero frecuente en el mundo de los negocios y el arrendamiento: el acreedor que se niega a recibir el pago . Las razones pueden ser variadas: el arrendador que no recibe la renta para alegar incumplimiento y pedir el desalojo; el prestamista que se esconde para que corran intereses moratorios; o simplemente la discrepancia sobre el mon

Mario E. Aguila
4 feb
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