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Determinación de Gastos y Cálculo de Pensiones de Alimentos en el Ordenamiento Jurídico Chileno año 2026

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    Elizabeth Sanchez
  • hace 4 horas
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La promulgación y plena vigencia de normativas estructurales como la Ley N° 14.908 (en su texto refundido y actualizado), la creación del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (Ley N° 21.389) y la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas (Ley N° 21.484), han reconfigurado el equilibrio de poder en los Tribunales de Familia.1 Ya no nos encontramos ante un sistema que tolera la morosidad o la sub-declaración de ingresos; el Estado de Chile ha asumido un rol activo en la persecución del patrimonio del deudor, extendiendo su brazo ejecutor hacia los fondos previsionales, activos bancarios y registros de propiedad.

Este análisis proyecta los escenarios económicos para el año 2026, considerando el alza del Ingreso Mínimo Mensual a $539.000, lo que impacta directamente en los pisos mínimos de las pensiones.5 


¿Cuánto gasta un hijo?

Debemos primero deconstruir el concepto jurídico de "alimentos". En la psiquis colectiva, este término suele asociarse erróneamente solo a la comida. Sin embargo, el legislador chileno, alineado con la Convención sobre los Derechos del Niño, establece una definición comprensiva que abarca todas las dimensiones del desarrollo humano.


El Principio de la Necesidad y la Posición Social

El Código Civil chileno y la Ley 14.908 establecen que los alimentos deben habilitar al alimentario para subsistir "modestamente de un modo correspondiente a su posición social". Esta frase es la piedra angular de cualquier litigio de alimentos. No existe un costo estándar universal para la crianza; el costo es relativo al nivel socioeconómico de los padres.7 La jurisprudencia ha interpretado consistentemente que el hijo tiene derecho a mantener el mismo estatus de vida que tendría si sus padres vivieran juntos. Por lo tanto, si el padre demandado ostenta una alta capacidad económica, las "necesidades" del hijo se expanden para incluir educación privada, actividades extracurriculares de alto costo, y vivienda en sectores de mayor plusvalía, transformando lo que para algunos sería un lujo, en una necesidad jurídica para ese niño específico.

La obligación recae sobre ambos progenitores en proporción a sus capacidades. Este es el Principio de Corresponsabilidad, que rompe con la antigua visión de que el padre es el único proveedor y la madre la única cuidadora. Hoy, la ley valora económicamente el trabajo de cuidados (generalmente materno) como un aporte en especies a la obligación alimentaria, lo que implica que el aporte monetario del padre no conviviente suele ser mayor para compensar esta disparidad en la carga de cuidados directos.1


La Evolución Normativa hacia la Transparencia Patrimonial.


Históricamente, determinar la capacidad económica del demandado era el mayor obstáculo procesal. Los demandados solían ocultar ingresos o trabajar en la informalidad para pagar el mínimo. Las reformas recientes han introducido mecanismos de transparencia obligatoria. El artículo 3 de la Ley 14.908 establece una presunción legal de que el alimentante tiene los medios para otorgar alimentos.9 Más aún, los tribunales hoy tienen acceso directo a la información financiera del Servicio de Impuestos Internos (SII), la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y las entidades previsionales, eliminando el "secreto" de la ecuación. Si un padre afirma ganar el sueldo mínimo pero sus movimientos bancarios o su estilo de vida demuestran lo contrario, el juez tiene la facultad –y el deber– de tasar su capacidad económica real basándose en presunciones judiciales.10


¿Cuánto Gasta un NNA en Chile?

La respuesta a la pregunta no se encuentra en una cifra única, sino en un desglose meticuloso de rubros. En un juicio de alimentos, la carga de la prueba recae en quien demanda. No basta con solicitar un monto global; se debe "construir" el monto a través de la acreditación de cada ítem de gasto. A continuación, se presenta un análisis detallado de los componentes que integran la "necesidad" alimentaria, basado en la práctica forense actual.


2.1 El Costo de la Vivienda y los Servicios Básicos

Este es, invariablemente, el componente más oneroso de la pensión de alimentos y el que genera mayor controversia en los tribunales. La vivienda no es gratuita, y el niño ocupa un espacio físico que tiene un valor de mercado.


La jurisprudencia de los Tribunales de Familia utiliza fórmulas de prorrateo para determinar qué porción del gasto habitacional corresponde al niño. Si la madre vive con el niño, no se puede imputar el 100% del arriendo al padre, pero tampoco se puede ignorar que la madre necesita una vivienda adecuada para alojar al hijo.

La fórmula estándar aceptada sugiere dividir los gastos comunes del hogar por el número de habitantes.

  • En un hogar compuesto por la madre y un hijo, se asume que el 50% de los gastos de vivienda (arriendo o dividendo, gastos comunes, contribuciones) corresponden a las necesidades del niño.

  • En un hogar de madre y dos hijos, el porcentaje imputable a los niños sube al 66% (33% cada uno).


Servicios Básicos y Conectividad

La noción de "servicios básicos" se ha expandido. Ya no se limita a luz, agua y gas.10 En la era digital, y especialmente post-pandemia, el acceso a internet de alta velocidad y telefonía móvil se considera un derecho básico para la educación y la socialización del NNA. Los tribunales aceptan sin cuestionamientos la inclusión de las boletas de internet hogar y planes de celular dentro de los gastos ordinarios, siempre que se acredite su uso para fines escolares o de comunicación con el padre no custodio. Asimismo, se deben incluir gastos de calefacción (parafina, pellets, gas), los cuales tienen una variabilidad estacional crítica que debe ser anualizada para el cálculo de la pensión.10


2.2 Alimentación y Supermercado: Más allá de lo obvio

El rubro "alimentación" abarca tanto la nutrición directa como los insumos de higiene y aseo del hogar que son indispensables para la vida diaria.


La Canasta Básica y la Realidad del Supermercado


Para acreditar este gasto, se recomienda presentar un promedio de las boletas de supermercado de los últimos seis a doce meses. Esto es crucial para suavizar las fluctuaciones de precios y el impacto de la inflación (IPC). El juez evaluará no solo la compra de alimentos perecibles, sino también artículos de aseo personal (pañales, champú, jabón), aseo del hogar (detergentes, cloro) y otros insumos de consumo regular.

Es fundamental distinguir si el niño tiene requerimientos dietéticos especiales (celiaquía, alergias alimentarias), ya que estos elevan exponencialmente el costo de la canasta básica y deben ser acreditados mediante certificados médicos para que el tribunal los considere como una necesidad permanente y no un lujo.


Alimentación Extradoméstica


A menudo se olvida incluir el costo de la alimentación fuera del hogar: colaciones escolares, el pago del casino del colegio (si no está incluido en la colegiatura) y las comidas durante actividades sociales. Estos montos, aunque parecen menores individualmente (ej. $2.000 diarios), suman una cifra considerable al mes (aprox. $40.000 - $50.000) que debe ser parte de la pensión ordinaria.


2.3 Educación: La Inversión Continua

El ítem educación se divide en costos fijos mensuales y costos anuales que deben ser prorrateados.

  • Mensualidad Escolar: Es el gasto más fácil de probar mediante el contrato con el colegio.

  • Transporte Escolar: El furgón escolar es un gasto necesario si los padres trabajan.

  • Textos y Materiales: La "lista de útiles" de marzo es un gasto fuerte. La práctica legal sugiere dos caminos: o se solicita un monto adicional específico para marzo (gasto extraordinario previsible), o se divide el costo total anual por 12 y se suma a la pensión mensual (gasto ordinario anualizado). La tendencia moderna es tratar la matrícula y los útiles como un ítem aparte a pagar en fechas específicas para no distorsionar el flujo mensual.12

  • Actividades Extracurriculares: Clases de inglés, deportes, música. Si estas actividades forman parte del desarrollo integral y habitual del niño antes de la separación, o si corresponden a su aptitud y posición social, deben mantenerse y financiarse. El tribunal ponderará la continuidad y el beneficio para el niño frente a la capacidad de pago del deudor.


2.4 Salud: Cobertura y Brechas

La salud se desglosa en previsión y gastos de bolsillo.

  • Cotización de Salud (7% o Plan Isapre): Generalmente se descuenta por planilla al titular. Si el niño es carga del padre, este ítem ya lo está pagando él directamente. Si es carga de la madre, el padre debe aportar para cubrir ese costo adicional del plan.


2.5 Recreación y Vestuario

El derecho al esparcimiento está consagrado en la Convención de los Derechos del Niño. No es un gasto superfluo.

  • Vestuario: Los niños crecen rápido y requieren cambio de ropa estacional y calzado escolar. Se suele fijar un monto mensual que permita el ahorro para las compras de temporada, o establecer cuotas adicionales en invierno y verano.

  • Recreación: Salidas de fin de semana, cine, cumpleaños de amigos, vacaciones. Este ítem varía enormemente según la capacidad económica, pero el tribunal siempre asignará un monto para garantizar la vida social del niño.10

III. Determinación del "Quantum": ¿Cuánto se puede pedir en una Demanda?

Una vez establecida la necesidad (el "cuánto gasta"), entramos en la arena de la determinación judicial del monto a pagar. Aquí interactúan las normas de orden público económico con la realidad financiera del demandado. El sistema chileno opera con pisos mínimos y techos máximos.

3.1 Proyección de los Montos Mínimos Legales (2025-2026)

La ley establece que, a falta de prueba de ingresos superiores, se presume que el alimentante tiene al menos el Ingreso Mínimo Mensual (IMM). Con las recientes leyes de reajuste, el panorama para enero de 2026 es claro: el IMM ascenderá a $539.000.5

Esta cifra es la base de cálculo para las pensiones mínimas, las cuales son porcentajes irreductibles establecidos en el Artículo 3 de la Ley 14.908.

Tabla 1: Proyección de Pensiones Mínimas Legales (Enero 2026)

Basado en un IMM de $539.000

Situación Familiar

Porcentaje Legal del IMM

Cálculo Matemático

Monto Mínimo Mensual a Pagar

Un solo hijo/a

40% del IMM

$539.000 * 0,40

$215.600

Dos hijos/as

30% del IMM (cada uno)

$539.000 0,30 2

$323.400 (Total) / $161.700 c/u

Tres hijos/as

30% del IMM (cada uno)

$539.000 0,30 3

$485.100 (Total) / $161.700 c/u

Implicancias del Mínimo:


Es vital entender que estos montos operan "a todo evento". Incluso si el demandado está cesante o trabaja informalmente, la deuda se acumulará mensualmente bajo estos valores mínimos. No existe la "pensión cero" en Chile. Si el demandado tiene un hijo, debe generar al menos $215.600 mensuales para él. Si no paga, la deuda se convierte en líquida y exigible, activando los mecanismos de apremio.7


3.2 El Límite Máximo: El 50% de los Ingresos


En el otro extremo, la ley protege la subsistencia del alimentante. El artículo 7 de la Ley 14.908 prohíbe fijar una pensión que supere el 50% de las rentas del demandado.18


Definición de "Rentas" para el Cálculo del Tope:

El cálculo no se hace sobre el sueldo bruto ("Total Haberes"). Se debe descontar únicamente lo estrictamente legal:

  1. Impuesto a la Renta.

  2. Cotización Obligatoria de AFP (10% + comisión).

  3. Cotización Obligatoria de Salud (7%).

  4. Seguro de Cesantía.


Lo que NO se descuenta:


El tribunal no descontará del ingreso base los préstamos de cajas de compensación, cuotas de créditos de consumo, hipotecarios, o descuentos voluntarios de sindicatos o APV. La deuda de alimentos tiene prelación (prioridad) sobre las deudas comerciales. Un argumento común de los demandados es "tengo el sueldo embargado por el banco", lo cual es desestimado por los jueces, ya que el derecho de alimentos es un derecho humano de primera generación que prima sobre las obligaciones civiles contractuales.19


Excepciones al Tope del 50%:


Este límite no es absoluto. La ley permite traspasarlo si existen "razones fundadas", típicamente relacionadas con el Interés Superior del Niño en casos de enfermedades catastróficas, discapacidades severas que requieren cuidados permanentes de alto costo, o cuando el patrimonio del demandado es tan vasto que sus "rentas" mensuales no reflejan su verdadera capacidad económica.18


3.3 El Cálculo de Proporcionalidad: El Escenario Real

La mayoría de los juicios no se resuelven ni en el mínimo ni en el máximo, sino en un punto medio determinado por la proporcionalidad. El Artículo 329 del Código Civil establece que los alimentos deben tasarse en proporción a los haberes de quien los da.

Ejemplo de Aplicación del Modelo de Proporcionalidad:

Supongamos que se ha acreditado que las necesidades totales del niño ascienden a $700.000 mensuales.

  • Ingresos Madre: $800.000.

  • Ingresos Padre: $2.400.000.

  • Ingreso Familiar Total: $3.200.000.

El tribunal calculará qué porcentaje aporta cada padre al pozo común.

  • El padre aporta el 75% de los ingresos totales ($2.400.000 / $3.200.000).

  • La madre aporta el 25%.

Por lo tanto, el padre debe cubrir el 75% de la necesidad del niño.

  • Pensión a Pagar: 75% de $700.000 = $525.000.

Este monto ($525.000) cumple con todos los requisitos legales:

  1. Es superior al mínimo legal ($215.600).

  2. Es inferior al 50% de los ingresos del padre ($1.200.000).

  3. Es proporcional a su capacidad económica.

Además, el juez considerará que la madre, aunque aporta menos dinero, aporta el cuidado personal diario, lo que tiene un valor económico implícito (Ley 21.484).1


IV. Gastos Ordinarios vs. Extraordinarios: Una Distinción Estratégica

Es fundamental comprender esta distinción para evitar conflictos futuros. Una demanda mal planteada puede dejar fuera gastos importantes.

Gastos Ordinarios

Son aquellos previsibles y periódicos. Se pagan mes a mes dentro de la pensión fijada. Incluyen: vivienda, supermercado, servicios básicos, recreación habitual, vestuario estacional, y la mensualidad del colegio. El monto de la pensión (ej. $300.000) debe ser suficiente para cubrir la parte proporcional de todos estos ítems.15

Gastos Extraordinarios

Son aquellos que ocurren de manera eventual o imprevista. La ley y la jurisprudencia distinguen dos subtipos:

  1. Imprevistos: Urgencias médicas, accidentes, hospitalizaciones no cubiertas.

  2. Previsibles pero no periódicos: Matrícula escolar anual, lista de útiles, uniforme completo, giras de estudio.

¿Cómo se cobran?

La tendencia actual de los tribunales es fijar en la sentencia o acuerdo una cláusula específica para estos gastos. Lo usual es establecer que "los gastos extraordinarios de salud no cubiertos por Isapre/Fonasa y seguros, y los gastos de educación de marzo (matrícula y útiles), serán cubiertos en un 50% por cada padre".

Importante: Si esta cláusula no existe, el demandado podría alegar que la pensión mensual ordinaria ya debía incluir el ahorro para la matrícula. Por ello, es vital solicitar expresamente la distinción en la demanda.13


VII. Conclusiones y Análisis Estratégico para el Usuario

Este análisis exhaustivo permite extraer conclusiones fundamentales para la audiencia de su blog, sintetizando la complejidad legal en directrices claras:

  1. La Carga de la Prueba es Fundamental: La respuesta a "¿cuánto me pueden pedir?" depende directamente de "¿cuánto logre probar que gasta el niño?". La falta de orden en las boletas y comprobantes es el principal enemigo de una pensión justa. Se recomienda mantener una "carpeta de vida" con todos los gastos digitalizados.

  2. El Mínimo es un Piso Firme: Con la proyección del IMM a $539.000 para 2026, ninguna pensión por un hijo debiera ser inferior a $215.600. Este es el punto de partida de cualquier negociación.

  3. Transparencia Total: Las nuevas leyes han eliminado el secreto financiero. Intentar ocultar ingresos es una estrategia obsoleta y peligrosa que puede derivar en presunciones judiciales desfavorables y sanciones penales por ocultamiento de patrimonio.

  4. La Importancia de lo Extraordinario: Diferenciar claramente los gastos de marzo y salud en los acuerdos evita la erosión del poder adquisitivo de la pensión mensual.

  5. El Poder del Registro: El Registro Nacional de Deudores ha cambiado la cultura de pago. El incumplimiento ahora afecta la vida comercial y civil del deudor, convirtiendo la pensión en una prioridad financiera ineludible.

Este informe proporciona la base técnica necesaria para empoderar a los padres y madres en la defensa de los derechos de sus hijos, proporcionando claridad en un sistema que, aunque complejo, avanza decididamente hacia el aseguramiento del bienestar infantil.




Obras citadas

  1. Nuevo procedimiento de alimentos en Chile, modificaciones a la Ley N°14.908 sobre abandono de familia y pago de pensiones alime, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/196338/Nuevo-procedimiento-de-alimentos-en-Chile-modificaciones-a-la-ley-no-14908.pdf?sequence=1&isAllowed=y

  2. Ley 14908; dto 2788 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - BCN, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=27977

  3. Jueza de Temuco explica alcances de la nueva ley de responsabilidad parental y deudas de alimentos - YouTube, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=_X_3qH92ENw

  4. Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos - BCN, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/registro-nacional-de-deudores-de-pensiones-de-alimentos

  5. Reajuste del sueldo mínimo entró en vigencia este mes: este es el nuevo monto para trabajadores, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.elmostrador.cl/datos-utiles/2026/01/03/reajuste-del-sueldo-minimo-entro-en-vigencia-este-mes-este-es-el-nuevo-monto-para-trabajadores/

  6. ¿A cuánto sube el sueldo mínimo en enero 2026?, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.gob.cl/noticias/aumento-historico-sueldo-minimo-enero-2026/

  7. Monto mínimo pensión de alimentos 2026 - Estudio Legal San Miguel, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://estudiolegalsm.cl/monto-minimo-pension-de-alimentos/

  8. Pensión de Alimentos: Entendiendo la Proporcionalidad y las Capacidades Económicas de los Padres. - Aguila & Compañía - Abogados en Puerto Montt, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.aguilaycia.cl/post/pensi%C3%B3n-de-alimentos-entendiendo-la-proporcionalidad-y-las-capacidades-econ%C3%B3micas-de-los-padres

  9. Leyes de la República - DOE, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://doe.cl/viewPublic/document/2001/ley/19741.html

  10. Pensión alimenticia - BCN, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/pension-alimenticia-para-menores

  11. Cuáles deben ser los gastos que se deben considerar para justificar una demanda o aumento de alimentos. - Aguila & Compañía - Abogados en Puerto Montt, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.aguilaycia.cl/post/cu%C3%A1les-deben-ser-los-gastos-que-se-deben-considerar-para-justificar-una-demanda-o-aumento-de-alime

  12. Gastos Escolares y Pensión de Alimentos: ¿Qué Debes Saber? - YouTube, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.youtube.com/shorts/f_b2d9McZ7U

  13. ¿Cuáles son los gastos extraordinarios de los hijos? - Carolina Torremocha, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://carolinatorremocha.com/blog/gastos-extraordinarios/

  14. A cuánto subió el sueldo mínimo este 1 de enero y cuándo podría volver a subir, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.biobiochile.cl/noticias/servicios/toma-nota/2026/01/05/a-cuanto-subio-el-sueldo-minimo-este-1-de-enero-y-cuando-podria-volver-a-subir.shtml

  15. TABLA DE PENSIONES ALIMENTICIAS MÍNIMAS 2025, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.funcionjudicial.gob.ec/resources/pdf/TABLA%20DE%20PENSIONES%20ALIMENTICIAS%20MINIMAS%202025.pdf

  16. ¿Cuál es el nuevo monto mínimo de la pensión de alimentos? - Cajas de Chile, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.cajasdechile.cl/cual-es-el-nuevo-monto-minimo-de-la-pension-de-alimentos/

  17. ¿Cómo se calcula la pensión alimenticia: sueldo bruto o neto? - Grupo Tress Internacional, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://tress.com.mx/blog/calculo-de-la-pension-alimenticia-en-la-nomina/

  18. ¿Cuál es el monto máximo que puedo exigir para una pensión de alimentos? - YouTube, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=ZjeJGrg3H24

  19. Gastos ordinarios y extraordinarios que incluye la pensión de alimentos, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.tuabogadalaboral.com/gastos-incluye-pension-alimentos/

  20. ¿Qué son los gastos extraordinarios en la pensión alimenticia? (actualizado año 2025), fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.abogadoarriagada.cl/l/%C2%BFque-son-los-gastos-extraordinarios-en-la-pension-alimenticia/

  21. ¿Qué son los gastos extraordinarios en la pensión de alimentos? (Chile 2025) - YouTube, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=5Kx-ZWIF1-o

  22. Registro Nacional de Deudores de Pensión Alimenticia - Ventanilla Única Social, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.ventanillaunicasocial.gob.cl/ficha/172/registro-nacional-deudores-pensiones-alimentos

  23. Mediación familiar previa y obligatoria - ChileAtiende, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/2344-mediacion-familiar-previa-y-obligatoria

  24. Asesoría jurídica gratuita y presentación judicial para obtener pensión de alimentos, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/313-asesoria-juridica-gratuita-y-presentacion-judicial-para-obtener-pension-de-alimentos

  25. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, Torneo delibera - BCN, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.bcn.cl/delibera/show_iniciativa?id_colegio=5013&idnac=2&patro=0&nro_torneo=2025

  26. Rebaja de Pensión de Alimentos. - Aguila & Compañía - Puerto Montt, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.aguilaycia.cl/post/rebaja-de-pensi%C3%B3n-de-alimentos

  27. Hasta qué edad se paga pensión alimenticia en Chile, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.abogaley.cl/blog/hasta-que-edad-se-paga-pension-alimenticia-chile/

  28. Todo sobre el cese de pensión de alimentos en Chile - MisAbogados.com, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.misabogados.com/blog/es/cese-de-pension-alimenticia

  29. ¿Cuál es el valor del ingreso mínimo mensual? - DT - Consultas, fecha de acceso: enero 6, 2026, https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-60141.html

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