
Introducción
El presente reporte aborda la indemnización de perjuicios por corte de energía eléctrica no programada en Chile, considerando el procedimiento, la legislación, la doctrina y la jurisprudencia relevante. Se analizan las normativas, los procesos de reclamo y las compensaciones a las que tienen derecho los consumidores afectados por interrupciones del suministro eléctrico.
Legislación Chilena sobre Indemnizaciones por Cortes de Energía Eléctrica No Programados
En Chile, la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) (1) regula las indemnizaciones por cortes de energía eléctrica no programados. Esta ley establece las obligaciones de las empresas distribuidoras de energía eléctrica en cuanto a la calidad del servicio y la compensación a los usuarios en caso de interrupciones. También define las regulaciones para la aplicación del Artículo 148 de la LGSE, el cual se enfoca en las interrupciones del servicio eléctrico (2).
El Decreto Supremo N° 327 de 1997 del Ministerio de Minería, que fija el reglamento de la LGSE (1), establece las normas técnicas de calidad de servicio para sistemas de distribución, incluyendo los tiempos máximos de interrupción permitidos y las compensaciones correspondientes. Este decreto también define la "densidad" de clientes en una zona, la cual influye en el cálculo de las compensaciones. Por ejemplo, las zonas de alta densidad, como Santiago, tienen tiempos máximos de interrupción más cortos que las zonas de baja densidad (3).
La Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (4) también es aplicable en casos de cortes de luz no programados, ya que la energía eléctrica se considera un servicio básico. Esta ley establece el derecho de los consumidores a la información, la seguridad en el consumo y la indemnización por daños materiales y morales en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de las empresas.
Es importante destacar que existen circunstancias en las que no se aplican las compensaciones por cortes de luz. Estas incluyen situaciones de racionamiento, fallas no imputables a la empresa distribuidora, y casos fortuitos o de fuerza mayor (4).
Además de lo anterior, la ley establece un esquema de compensación automática cuando las interrupciones de suministro superan las 20 horas por cliente en un año móvil. En estos casos, la compensación equivale al doble del valor de la energía no suministrada y se aplica de forma automática en la factura del cliente (5).
Eliminación del Cobro por Corte y Reposición
Anteriormente, las empresas distribuidoras cobraban una tarifa por el servicio de "corte y reposición" de la energía eléctrica cuando un cliente se atrasaba en el pago de su cuenta. Sin embargo, el Ministerio de Energía anunció la eliminación de este cobro (6). A partir de ahora, este costo es absorbido dentro de la tarifa general, lo que representa un beneficio para los consumidores.
Medidas Preventivas ante Déficit de Generación
Con el fin de evitar o mitigar los déficits de generación que puedan afectar el suministro eléctrico, el Decreto Supremo N° 51 del Ministerio de Energía establece una serie de medidas preventivas (1).
Estas medidas se aplican principalmente al segmento de generación y a la demanda. En el caso de la generación, se busca agilizar la conexión de nuevos proyectos y optimizar la operación de las centrales existentes. Por otro lado, en cuanto a la demanda, se promueve la reducción del consumo y se autoriza la suspensión del suministro en casos específicos, siguiendo un procedimiento establecido.
Obligaciones de las Empresas Distribuidoras
Las empresas distribuidoras de energía eléctrica tienen la obligación de suministrar energía a quienes lo soliciten dentro de su área de concesión (8). Además, deben asegurar un suministro permanente que satisfaga la demanda proyectada. El Coordinador Eléctrico Nacional juega un rol fundamental en la supervisión del mercado eléctrico, asegurando la calidad del servicio y la seguridad del suministro.
El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones para las empresas, incluyendo multas de hasta 300 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) (4).
Tipos de Daños Reclamables
En caso de sufrir un corte de energía eléctrica no programado, los consumidores pueden reclamar una indemnización por diversos tipos de daños (9). Estos pueden incluir:
Daños a equipos eléctricos: Si los aparatos electrónicos se dañan debido a una fluctuación de voltaje o a la interrupción del suministro, se puede reclamar la reparación o reposición de los mismos.
Pérdida de alimentos: Si se produce la descomposición de alimentos refrigerados o congelados debido al corte de luz, se puede reclamar el valor de los productos perdidos.
Pérdida de ingresos: En el caso de negocios o empresas que se vean afectadas por la interrupción del servicio, se puede reclamar la pérdida de ingresos o ganancias.
Daño moral: Se puede reclamar una indemnización por el daño moral causado por las molestias, la angustia y la alteración de la vida cotidiana que genera un corte de luz.
Procedimiento para Reclamar una Indemnización por Corte de Energía Eléctrica No Programado en Chile
El procedimiento para reclamar una indemnización por corte de energía eléctrica no programado en Chile se puede resumir en los siguientes pasos (10):
Presentar un reclamo ante la empresa distribuidora: El primer paso es presentar un reclamo formal ante la empresa distribuidora de energía eléctrica. Esto se puede hacer a través de diferentes canales, como oficinas comerciales, teléfono, carta, correo electrónico o página web. Es importante guardar el comprobante del reclamo con la fecha y el número de ingreso. Al presentar el reclamo, se debe incluir información detallada como el número de cliente, la fecha y hora de la interrupción, una descripción de los daños sufridos, y cualquier otro antecedente relevante (11).
Esperar la respuesta de la empresa: La empresa tiene un plazo de 30 días corridos para responder al reclamo de un cliente por corte de luz. En el caso de las empresas distribuidoras de gas, el plazo es de 15 días (12).
Ingresar un reclamo ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC): Si la empresa no responde en el plazo establecido o si la respuesta no es satisfactoria, se puede ingresar un reclamo ante la SEC. Para esto, se debe contar con la siguiente documentación:
Comprobante de ingreso del reclamo a la empresa.
Respuesta de la empresa (si la hubo).
Boletas o facturas que respalden el reclamo.
Otros antecedentes como fotos o informes técnicos.
Es importante tener en cuenta que para reclamar ante la SEC, se debe ser mayor de edad y haber presentado previamente el reclamo a la empresa (12). Además de los canales tradicionales, también se puede presentar el reclamo a través de la plataforma online del Ministerio de Energía (13).
Acudir a las oficinas de ChileAtiende: Como alternativa, se puede acudir a las oficinas de ChileAtiende del Instituto de Previsión Social (IPS) para presentar el reclamo (14). Se debe presentar la cédula de identidad, el número de cliente y un correo electrónico o teléfono de contacto.
Reclamar ante el SERNAC: El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) también puede intervenir en caso de incumplimiento de la Ley de Protección al Consumidor (15).
En caso de reclamos colectivos, los representantes vecinales pueden contactar a la SEC para iniciar el proceso (12). Es fundamental que los consumidores conozcan los pasos a seguir y los plazos establecidos para la presentación de reclamos. Si el proceso resulta complejo, se recomienda buscar asesoría en organizaciones de consumidores o con abogados especializados en la defensa de los derechos del consumidor (16).
Doctrina y Jurisprudencia Chilena en Relación con las Indemnizaciones por Cortes de Energía Eléctrica No Programados
La doctrina chilena en materia de responsabilidad civil por daños causados por cortes de energía eléctrica se basa en el principio de la reparación integral del daño (17). Esto implica que las empresas distribuidoras son responsables de indemnizar todos los daños materiales y morales que sean consecuencia directa del corte de luz.
La jurisprudencia chilena ha establecido que la responsabilidad de las empresas distribuidoras por cortes de luz no programados es de carácter contractual (18). Esto se debe a que existe un contrato de suministro eléctrico entre la empresa y el usuario. En consecuencia, la empresa tiene la obligación de prestar el servicio de forma continua y segura, y en caso de incumplimiento, debe responder por los daños causados.
Un fallo relevante en este ámbito es la sentencia del Cuarto Juzgado Civil de Santiago que condenó a Enel a pagar una compensación millonaria a clientes afectados por cortes de luz en 2021 (9). Esta sentencia reconoció la aplicación de la Ley del Consumidor y estableció que la compensación debe ser integral, incluyendo el daño moral.
Casos Judiciales Relevantes en Chile sobre Indemnizaciones por Cortes de Energía Eléctrica No Programados
A continuación, se presentan algunos casos judiciales relevantes en Chile sobre indemnizaciones por cortes de energía eléctrica no programados:
Sentencia del Cuarto Juzgado Civil de Santiago (2024): Condenó a Enel a pagar más de $8 mil millones en compensaciones a 127 mil clientes por cortes de luz ocurridos en 2021 (9). Este caso sentó un precedente importante al reconocer la aplicación de la Ley del Consumidor en la determinación de las indemnizaciones por cortes de luz, incluyendo el daño moral. Además, la sentencia estableció que la compensación debe ser integral, cubriendo todos los daños sufridos por los consumidores.
Corte Suprema (2023): Ordenó a una empresa eléctrica indemnizar a un cliente por daños provocados por fluctuaciones de voltaje, incluyendo los costos de reposición de equipos y pérdida de productos (19).
Corte de Apelaciones de Santiago (2024): Confirmó un fallo que condenó a CGE por un incendio forestal causado por la falta de mantención de las líneas de transmisión (20).
Caso de La Reina (2024): Una consumidora reportó la pérdida de alimentos por un valor de $220.000 debido a un corte de luz que duró 4 días (21). Este ejemplo ilustra los perjuicios que pueden sufrir los consumidores a causa de las interrupciones del suministro eléctrico.
Empresas de Distribución de Energía Eléctrica en Chile y sus Políticas de Indemnización
En Chile, existen diversas empresas de distribución de energía eléctrica. A continuación, se presenta una tabla con información sobre algunas de las principales empresas, su descripción y sus políticas de indemnización:
Empresa | Descripción | Política de Indemnización |
Enel Chile (22) | Una de las empresas eléctricas más importantes del país, con presencia en la generación y distribución de energía. Controla Enel Distribución Chile, principal distribuidora de energía eléctrica del país, con más de 2 millones de clientes en 33 comunas de la Región Metropolitana. | Se basa en la normativa vigente, estableciendo compensaciones en función de la duración de la interrupción y la densidad de clientes en la zona afectada. Además, ha implementado políticas adicionales, como la entrega de equipos de respaldo a clientes electrodependientes a través de un acuerdo con la Agrupación Luz para Ellos (22). También ofrece la posibilidad de reclamar compensación por daños a electrodomésticos debido a fluctuaciones de voltaje (23). |
CGE Distribución (24) | Presente en la distribución eléctrica y de gas natural en Chile y Argentina. Cubre la mayor parte del territorio nacional. | Se basa en la normativa vigente, con compensaciones según la duración de la interrupción y la densidad de la zona. |
Grupo Saesa (25) | Opera en la zona sur del país, incluyendo las regiones del Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos. | Se basa en la normativa vigente, con compensaciones según la duración de la interrupción y la densidad de la zona. |
Chilquinta Energía (26) | Opera en la zona central de Chile, principalmente en la Región de Valparaíso. | Se basa en la normativa vigente, con compensaciones según la duración de la interrupción y la densidad de la zona. |
Las políticas de indemnización de estas empresas suelen basarse en la normativa vigente, estableciendo compensaciones en función de la duración de la interrupción y la densidad de clientes en la zona afectada (23). Sin embargo, algunas empresas han implementado políticas adicionales, como la entrega de equipos de respaldo a clientes electrodependientes.
Es importante que los consumidores se informen sobre las políticas de indemnización de su empresa distribuidora y que utilicen los canales de atención disponibles para reportar cualquier problema con el servicio o para realizar reclamos. Las empresas están invirtiendo en tecnología para mejorar la confiabilidad del suministro eléctrico, como el uso de plataformas online para reportar cortes y redes inteligentes (smart grids) para una mejor gestión de la red (7).
Organizaciones de Consumidores en Chile que Brindan Asesoría sobre Reclamos por Cortes de Energía Eléctrica
En Chile, existen diversas organizaciones de consumidores que brindan asesoría sobre reclamos por cortes de energía eléctrica, entre las que se encuentran:
Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) (27): Ofrece información, orientación y apoyo a los consumidores en la defensa de sus derechos frente a las empresas de servicios básicos.
Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (CONADECUS) (28): Brinda asesoría legal gratuita y realiza denuncias para proteger los derechos de los consumidores.
Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (ODECU) (29): Promueve la educación en materia de consumo responsable y defiende los derechos de los consumidores.
Formadores de Organizaciones Juveniles de Consumidores y Consumidoras (FOJUCC) (30): Fomenta la educación del consumo responsable en la sociedad.
Estas organizaciones ofrecen información, orientación y apoyo a los consumidores en la defensa de sus derechos frente a las empresas de servicios básicos. Además de estas organizaciones, el Ministerio de Energía también juega un rol en la protección de los consumidores, supervisando el mercado eléctrico y asegurando el cumplimiento de las normativas (31). En caso de necesitar ayuda para realizar un reclamo, los consumidores pueden buscar asesoría legal en estas organizaciones o con abogados especializados en derechos del consumidor (28).
Conclusiones
La indemnización de perjuicios por corte de energía eléctrica no programada en Chile está regulada por la Ley General de Servicios Eléctricos y la Ley de Protección al Consumidor. Los consumidores tienen derecho a reclamar compensaciones por los daños materiales y morales sufridos a causa de las interrupciones del suministro eléctrico.
El procedimiento para reclamar una indemnización implica presentar un reclamo ante la empresa distribuidora y, en caso de no obtener una respuesta satisfactoria, acudir a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) o a otras organizaciones de consumidores.
La jurisprudencia chilena ha establecido la responsabilidad contractual de las empresas distribuidoras por los daños causados por cortes de luz no programados, y ha reconocido el derecho de los consumidores a una compensación integral, incluyendo el daño moral.
Es importante que los consumidores conozcan sus derechos y los mecanismos disponibles para reclamar una indemnización en caso de sufrir perjuicios por un corte de energía eléctrica no programado. En los últimos años, se ha observado un aumento en la importancia de la protección de los consumidores en el mercado eléctrico chileno, impulsado por eventos como los masivos cortes de luz de 2024 y casos judiciales como el de Enel en 2024 (9). Estos eventos han generado mayor conciencia sobre los derechos de los consumidores y han llevado a un mayor escrutinio de las prácticas de las empresas distribuidoras.
Fuentes citadas
1. Ley Chile - Decreto 51 18-AGO-2021 MINISTERIO DE ENERGÍA, acceso: febrero 26, 2025, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1163931&idVersion=2022-03-05
2. Sector Eléctrico - Comisión Nacional de Energía -, acceso: febrero 26, 2025, https://www.cne.cl/normativas/electrica/sector-electrico/
3. Cómo saber si corresponde una compensación por los cortes de luz - La Tercera, acceso: febrero 26, 2025, https://www.latercera.com/servicios/noticia/como-saber-si-corresponde-una-compensacion-por-los-cortes-de-luz/7LIZ375OCVD7FOAE7XHKTYJMU4/
4. C-18943-2017 Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiago º CAUSA ROL : C-189 - Poder Judicial, acceso: febrero 26, 2025, https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/getRulingNew/6349
5. SEC fiscaliza pago de $5.960 millones en compensaciones por cortes de junio y julio, acceso: febrero 26, 2025, https://energia.gob.cl/noticias/nacional/sec-fiscaliza-pago-de-5960-millones-en-compensaciones-por-cortes-de-junio-y-julio
6. Ministerio de Energía anuncia término de cobro por “Corte y Reposición" de luz, acceso: febrero 26, 2025, https://energia.gob.cl/noticias/nacional/ministerio-de-energia-anuncia-termino-de-cobro-por-corte-y-reposicion-de-luz
7. Interrupciones en Línea : Superintendencia de Electricidad y Combustibles - SEC, acceso: febrero 26, 2025, https://www.sec.cl/interrupciones-en-linea/?view_full_site=true
8. La-responsabilidad-civil-en-el-mercado-eléctrico-por-suspensión-del-suministro-eléctrico.pdf - Repositorio UCHILE, acceso: febrero 26, 2025, https://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/140336/La-responsabilidad-civil-en-el-mercado-el%C3%A9ctrico-por-suspensi%C3%B3n-del-suministro-el%C3%A9ctrico.pdf?sequence=1
9. Sentencia "histórica": Justicia condena a Enel a pagar compensación de más de $ 8 mil millones a 127 mil clientes por cortes de luz de 2021 | Diario Financiero, acceso: febrero 26, 2025, https://www.df.cl/empresas/energia/justicia-condena-a-enel-a-pagar-compensacion-de-mas-8-mil-millones-a
10. ¿Cómo denunciar un corte de luz en la SEC? - Gob.cl - Gobierno de Chile, acceso: febrero 26, 2025, https://www.gob.cl/noticias/pasos-denunciar-corte-luz-sec-empresas-electricas-canales-atencion/
11. Ante una emergencia estamos contigo - Personas - Enel Chile, acceso: febrero 26, 2025, https://www.enel.cl/es/clientes/emergencias/sin-luz.html
12. Reclamo contra empresas y organismos fiscalizados por la SEC - ChileAtiende, acceso: febrero 26, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/2692-reclamo-contra-empresas-y-organismos-fiscalizados-por-la-sec
13. ¿Qué hacer en caso de Corte de Luz? - Ministerio de Energía |, acceso: febrero 26, 2025, https://energia.gob.cl/noticias/nacional/que-hacer-en-caso-de-corte-de-luz
14. Sucursales ChileAtiende del IPS recibirán reclamos por cortes de energía debido al último sistema frontal, acceso: febrero 26, 2025, https://www.ips.gob.cl/noticias/sucursales-chileatiende-del-ips-recibiran-reclamos-por-cortes-de-energia-debido-al-ultimo-sistema-frontal
15. Sernac proyecta los montos de compensación por cortes de luz - TVN, acceso: febrero 26, 2025, https://www.tvn.cl/noticias/actualidad/sernac-proyecta-los-montos-de-compensacion-por-cortes-de-luz-chile
16. Cómo ingresar un reclamo a la SEC por un corte de luz - La Tercera, acceso: febrero 26, 2025, https://www.latercera.com/servicios/noticia/como-ingresar-un-reclamo-a-la-sec-por-un-corte-de-luz/GD4SQITIENHBXFSBCEZQJCGN3Q/
17. LA REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO EN EL DERECHO DEL CONSUMO FULL COMPENSATION FOR DAMAGES IN CONSUMER LAW, acceso: febrero 26, 2025, https://derecho.udd.cl/actualidad-juridica/files/2023/10/lilian-san-martin.pdf
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19. Corte Suprema ordena a empresa eléctrica indemnizar a cliente por daños provocados por fluctuaciones de voltaje incluidos los costos de reposición de equipos y pérdida de productos. - Diario Constitucional, acceso: febrero 26, 2025, https://www.diarioconstitucional.cl/2023/01/12/corte-suprema-ordena-a-empresa-electrica-indemnizar-a-cliente-por-danos-provocados-por-fluctuaciones-de-voltaje-incluidos-los-costos-de-reposicion-de-equipos-y-perdida-de-productos/
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21. Distribuidoras de electricidad: cómo, cuándo y por cuánto se fijará la indemnización, acceso: febrero 26, 2025, https://www.ciperchile.cl/2024/08/13/distribuidoras-de-electricidad-como-cuando-y-por-cuanto-se-fijara-la-indemnizacion/
22. Enel Chile - enel.cl, acceso: febrero 26, 2025, https://www.enel.cl/es.html
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25. Cuáles son las empresas de electricidad de Chile - Mala Espina, acceso: febrero 26, 2025, https://www.malaespinacheck.cl/pais/2024/08/05/cuales-son-las-empresas-de-electricidad-de-chile/
26. Asociación de Empresas Eléctricas de Chile - Wikipedia, la enciclopedia libre, acceso: febrero 26, 2025, https://es.wikipedia.org/wiki/Asociaci%C3%B3n_de_Empresas_El%C3%A9ctricas_de_Chile
27. Servicio Nacional del Consumidor - sernac - ChileAtiende, acceso: febrero 26, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/instituciones/AH009
28. Conadecus, acceso: febrero 26, 2025, https://www.conadecus.cl/
29. Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (ODECU) - EU-LAC Foundation, acceso: febrero 26, 2025, https://eulacfoundation.org/es/organizacion-consumidores-y-usuarios-chile-odecu
30. FOJUCC – Cambio Social desde el Consumo Responsable, acceso: febrero 26, 2025, https://fojucc.cl/
31. Consultas, reclamos o sugerencias al Ministerio de Energía (OIRS) - ChileAtiende, acceso: febrero 26, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/35417-consultas-reclamos-o-sugerencias-al-ministerio-de-energia
32. Conmoción en Chile por las muertes de tres personas electrodependientes durante los cortes de luz - EL PAÍS, acceso: febrero 26, 2025, https://elpais.com/chile/2024-09-13/conmocion-en-chile-por-las-muertes-de-tres-personas-electrodependientes-durante-los-cortes-de-luz.html
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