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El Usufructo en el Derecho de Alimentos en Chile

Foto del escritor: Elizabeth SanchezElizabeth Sanchez



El derecho de alimentos en Chile, consagrado en el Código Civil y en la Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, busca asegurar que las personas que lo necesiten reciban lo necesario para su subsistencia, incluyendo aspectos como alimentación, vivienda, vestimenta, salud y educación. En este contexto, el usufructo surge como una figura jurídica que puede ser utilizada como forma de pago de la pensión de alimentos, otorgando al alimentario el derecho a usar y gozar de un bien del alimentante, sin que este pierda la propiedad del mismo.

En este artículo, exploraremos el usufructo en el derecho de alimentos en Chile, examinando su naturaleza jurídica, su aplicación en la jurisprudencia chilena, así como sus ventajas y desventajas.

El Derecho de Alimentos en Chile

El derecho de alimentos es un derecho fundamental que busca proteger a las personas que no pueden proveer por sí mismas a sus necesidades básicas. En Chile, este derecho se encuentra regulado principalmente en el Código Civil, en sus artículos 321 a 337, y en la Ley N° 14.908. Este derecho no solo implica la vestimenta, techo, comida, salud y/o estudios, sino también el esparcimiento y lo necesario para un adecuado desarrollo del niño, niña y adolescente. Es importante destacar que, si bien los alimentos no constituyen renta en términos generales, los pagos de pensión alimenticia en forma de usufructo podrían tener implicaciones fiscales tanto para el que los proporciona como para el que los recibe.

Características del Derecho de Alimentos

El derecho de alimentos en Chile se caracteriza por ser:

  • Irrenunciable: No se puede renunciar al derecho a pedir alimentos.

  • Imprescriptible: No se pierde la posibilidad de pedir alimentos por el paso del tiempo.

  • Intransferible: No se pueden vender, ceder ni enajenar los alimentos.

  • Recíproco: Existe reciprocidad entre cónyuges, ascendientes, descendientes y hermanos.

Requisitos para Solicitar Alimentos

Para acceder a este derecho, es necesario cumplir con ciertos requisitos:

  1. Prueba de la relación con el alimentario: Se debe acreditar el parentesco o la relación que da origen a la obligación de alimentos.

  2. Prueba de la necesidad del alimentario: Se debe demostrar que el alimentario necesita la asistencia económica.

  3. Prueba de la capacidad económica del alimentante: Se debe acreditar que el alimentante tiene la capacidad económica para proporcionar los alimentos.

  4. Normativa aplicable: Se deben considerar las leyes que imponen la obligación de alimentos.

  5. Ausencia de prohibiciones: No deben existir prohibiciones legales que impidan la solicitud de alimentos.

Tipos de Alimentos

En Chile, los alimentos se clasifican en:

  • Forzosos o legales: Son aquellos que están regulados por ley, como los que se deben a los hijos por parte de sus padres.

  • Voluntarios: Son aquellos que se otorgan por voluntad propia, como una donación.

Montos de la Pensión de Alimentos

El monto de la pensión de alimentos se determina considerando las necesidades del alimentario y la capacidad económica del alimentante. La ley establece un monto mínimo que no puede ser inferior al 40% del ingreso mínimo remuneracional en el caso de un menor, y al 30% por cada uno de ellos si se trata de dos o más menores.

El Usufructo en Chile

El usufructo es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa ajena con la obligación de conservar su forma y sustancia, y de restituirla a su dueño al finalizar el usufructo. En términos simples, permite usar y disfrutar de un bien sin ser su propietario. El propietario original mantiene la "nuda propiedad", lo que significa que sigue siendo el dueño, pero cede el uso y disfrute al usufructuario.

Características del Usufructo

  • Derecho real: Otorga al usufructuario acciones para proteger su derecho frente a terceros.

  • Temporal: Tiene una duración limitada, ya sea por un plazo determinado o por la vida del usufructuario.

  • No transmisible por causa de muerte: Se extingue con la muerte del usufructuario.

  • Divisible: Los frutos que produce la cosa se pueden dividir.

Constitución del Usufructo

Forma de constitución

Descripción

Ley

En algunos casos, la ley establece el usufructo, como en el caso del cónyuge sobreviviente.

Testamento

Se puede establecer el usufructo a través de un testamento.

Acto entre vivos

Se puede constituir mediante un contrato, ya sea a título gratuito (donación) o oneroso (venta, permuta).

Sentencia judicial

Un juez puede constituir el usufructo en casos específicos, como en el derecho de alimentos.

Derechos y Obligaciones del Usufructuario

Antes de la constitución del usufructo, el usufructuario tiene la obligación de realizar un inventario de los bienes y proporcionar una garantía, aunque puede ser liberado de estas obligaciones. Una vez constituido el usufructo, el usufructuario tiene derecho a:

  • Usar y gozar de la cosa.

  • Percibir los frutos naturales y civiles de la cosa.

  • Ceder su derecho de usufructo.

El usufructuario tiene la obligación de:

  • Conservar la forma y sustancia de la cosa.

  • Restituir la cosa al nudo propietario al finalizar el usufructo.

  • Pagar las contribuciones e impuestos que graven la cosa.

  • Realizar las reparaciones ordinarias necesarias para la conservación de la cosa.

Extinción del Usufructo

El usufructo se extingue principalmente por la muerte del usufructuario o por el cumplimiento del plazo establecido. Sin embargo, también puede extinguirse anticipadamente en casos específicos, como cuando el usufructuario no cumple con sus obligaciones o causa daños considerables a la cosa. En estos casos, el juez puede ordenar el cese del contrato o la devolución de la cosa al nudo propietario, con la posibilidad de que este último pague una pensión anual al usufructuario hasta la terminación del contrato original.

Tipos de Bienes Objeto de Usufructo

El usufructo se puede constituir sobre diversos tipos de bienes, incluyendo:

  • Bienes inmuebles: como casas, departamentos o terrenos.

  • Bienes muebles: como automóviles, joyas u obras de arte.

  • Acciones de sociedades comerciales: otorgando al usufructuario el derecho a percibir los dividendos.

  • Dinero: En este caso, se aplica el concepto de "cuasiusufructo", donde el usufructuario adquiere la propiedad del dinero con la obligación de devolver la misma cantidad al finalizar el usufructo.

Implicaciones Tributarias

La constitución de un usufructo puede tener implicaciones tributarias tanto para el usufructuario como para el nudo propietario. Por ejemplo, en el caso de un usufructo constituido a título oneroso, como una venta, se deben considerar los impuestos asociados a la transacción.

El Usufructo en el Derecho de Alimentos

El usufructo puede ser utilizado como una forma de pago de la pensión de alimentos, especialmente cuando el alimentante posee bienes inmuebles. En este caso, el juez puede fijar como pensión alimenticia el derecho de usufructo sobre un bien del alimentante, lo que permite al alimentario usar y gozar de dicho bien sin que el alimentante pierda la propiedad. Esto se encuentra explícitamente establecido en el Artículo 11 de la Ley N° 14.908, que faculta al juez a fijar como pensión alimenticia un derecho de usufructo, uso o habitación sobre bienes del alimentante.

Es importante destacar que el usufructo puede complementar o ser una alternativa al "bien familiar" en la protección de las necesidades de vivienda del niño. El bien familiar es un mecanismo legal que busca proteger la vivienda familiar, impidiendo su venta o embargo sin la autorización judicial. El usufructo, por su parte, permite al alimentario el uso y goce de la vivienda, garantizando su derecho a la misma.

Jurisprudencia Chilena

La jurisprudencia chilena ha reconocido la validez del usufructo como forma de pago de la pensión de alimentos. Un ejemplo concreto es la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, Rol N° 360-2019. En este caso, se modificó una pensión de alimentos que incluía el usufructo de un inmueble, transformándolo en un derecho de habitación exclusivo para el hijo. Este cambio se realizó para evitar que el usufructo beneficiara al nuevo conviviente de la madre y a su hija en común, asegurando que el beneficio se centrara en el interés superior del niño.

En otro caso, el Tribunal Constitucional se pronunció sobre la constitucionalidad del artículo 147 del Código Civil, que permite al juez constituir derechos de usufructo, uso o habitación sobre los bienes familiares durante el matrimonio. Si bien la norma se refiere al cónyuge no propietario y no a los hijos, el Tribunal reconoció la importancia de esta figura en la protección del derecho de alimentos.

Ventajas del Usufructo en el Derecho de Alimentos

  • Seguridad para el alimentario: Asegura al alimentario el uso y goce de un bien, como una vivienda, lo que le proporciona estabilidad y seguridad.

  • Flexibilidad: Permite al juez adaptar la pensión de alimentos a las circunstancias específicas del caso.

  • Protección del patrimonio del alimentante: El alimentante no pierde la propiedad del bien, lo que puede ser importante para su futuro.

  • Reconocimiento del aporte del cuidador: En casos donde el cuidador principal contribuye significativamente al bienestar del niño, el usufructo puede asegurar que el niño continúe en el entorno familiar que le brinda estabilidad y cuidado.

Desventajas del Usufructo en el Derecho de Alimentos

  • Complejidad: Puede generar controversias sobre los derechos y obligaciones del usufructuario y del nudo propietario.

  • Limitaciones para el alimentante: El alimentante no puede disponer libremente del bien mientras dure el usufructo. Por ejemplo, para vender el bien, se requiere autorización judicial, lo que puede ser un obstáculo para el propietario.

  • Posible depreciación del bien: El uso del bien por parte del alimentario puede generar un desgaste que afecte su valor.

Doctrina sobre el usufructo en derecho de alimentos

Diversos autores han analizado el usufructo en el contexto del derecho de alimentos. Por ejemplo, Medina Alcoz, en su artículo "El usufructo de cosas consumibles (cuasiusufructo): del inicial desconcierto al reconocimiento de su utilidad práctica" , examina la figura del cuasiusufructo, que se aplica a bienes consumibles, y su relevancia en el derecho de alimentos. Este análisis destaca la flexibilidad del usufructo para adaptarse a las necesidades del alimentario, incluyendo la provisión de bienes que se consumen con el uso, como alimentos o medicamentos.

Ejemplos Concretos

Además del caso de la Corte de Apelaciones de Antofagasta mencionado anteriormente , se pueden plantear otras situaciones hipotéticas donde el usufructo puede ser una herramienta útil en el derecho de alimentos:

  • Un padre que se divorcia y debe pagar pensión alimenticia a sus hijos puede constituir un usufructo sobre su vivienda a favor de los menores, permitiéndoles vivir en ella hasta que alcancen la mayoría de edad.

  • En un caso de fallecimiento de uno de los padres, el juez puede establecer un usufructo sobre la vivienda familiar a favor del cónyuge sobreviviente y los hijos, garantizando su derecho a la vivienda.

Conclusiones

El usufructo se presenta como una herramienta valiosa en el derecho de alimentos en Chile, especialmente para proteger las necesidades de vivienda de los niños. Su flexibilidad permite al juez adaptar la pensión de alimentos a las circunstancias específicas de cada caso, asegurando la subsistencia del alimentario sin que el alimentante pierda la propiedad del bien.

La base legal para el uso del usufructo en la pensión de alimentos se encuentra en el Artículo 11 de la Ley N° 14.908, que faculta a los jueces a establecer esta figura jurídica como forma de pago. La jurisprudencia chilena, como el caso de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, demuestra la aplicación práctica del usufructo en casos de alimentos, con un enfoque en el interés superior del niño.

Si bien el usufructo ofrece ventajas significativas, es fundamental considerar sus posibles desventajas, como la complejidad en la gestión del bien y las limitaciones que impone al alimentante. Por ello, es crucial buscar asesoría legal especializada al considerar el usufructo como una opción en casos de pensión de alimentos. Un abogado puede guiar a las partes en la correcta aplicación de esta figura jurídica, asegurando la protección de los derechos de todas las personas involucradas.

Fuentes citadas


2. Alimentos - Corporación de Asistencia Judicial, https://www.cajmetro.cl/faq/familia/alimentos/




5. Pensión de alimentos en Chile - DerechoPedia, https://derechopedia.cl/Pensi%C3%B3n_de_alimentos_en_Chile



7. ¿En qué consiste el derecho de usufructo en Chile? - Develop Gestion Comercial, https://develop.cl/en-que-consiste-el-derecho-de-usufructo-en-chile/


8. El Usufructo En Chile ¿Cómo Te Beneficiará?, https://www.aijabogados.cl/usufructo/


9. a vueltas con la naturaleza jurídica del usufructo de cosas consumibles o cuasiusufructo about - Dialnet, https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/9645031.pdf


10. Normativa y jurisprudencia - ley 14.908, artículo 11 - SUSESO, https://www.suseso.cl/612/w3-propertyvalue-81601.html 11. Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil nueve. VISTOS: Con fecha veinticinco de marzo de dos mil nueve, el abogado Gonzal - Tribunal Constitucional, https://www.tribunalconstitucional.cl/descargar_sentencia3.php?id=1353


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