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Arrendamiento con Opción de Compra vs. Arrendamiento con Promesa de Compraventa en Chile

  • Foto del escritor: Mario E. Aguila
    Mario E. Aguila
  • 27 nov 2025
  • 17 Min. de lectura

Actualizado: 4 ene

Introducción: El Dilema de la Seguridad Jurídica en la Transición Inmobiliaria


En el actual escenario económico e inmobiliario de Chile, caracterizado por una volatilidad financiera que ha restringido el acceso al crédito hipotecario tradicional y una inflación que impacta directamente en la valoración de los activos inmobiliarios 1, los propietarios y desarrolladores se han visto compelidos a explorar mecanismos contractuales híbridos. Estos instrumentos buscan mitigar la vacancia de los inmuebles y, simultáneamente, asegurar una venta futura. Las dos figuras predominantes en este espectro son el Arrendamiento con Opción de Compra (AOC) y el Arrendamiento con Promesa de Compraventa (APC).

Si bien ambas figuras comparten una finalidad económica similar —permitir el uso inmediato del inmueble con una perspectiva de transferencia de dominio—, su naturaleza jurídica, tratamiento procesal y, fundamentalmente, el nivel de garantía que ofrecen al propietario actual (el promitente vendedor o arrendador) difieren sustancialmente. Para un dueño cuyo objetivo primordial es asegurar el pago íntegro del precio o, en su defecto, la recuperación expedita y resarcitoria del activo, la elección entre uno u otro modelo no es una cuestión de mera semántica contractual, sino una decisión de ingeniería jurídica crítica.

El presente informe, elaborado desde una perspectiva experta en Derecho Civil Chileno, tiene por objeto desglosar exhaustivamente estas diferencias. Se privilegiará el análisis de los riesgos posesorios, la ejecutabilidad de los créditos y la jurisprudencia más reciente de los tribunales superiores de justicia, incluyendo fallos de la Corte Suprema de enero de 2025 que han redefinido la oponibilidad de estos títulos ante acciones de restitución.2 El análisis trasciende la superficie comercial para adentrarse en la dogmática de las obligaciones, la teoría de los riesgos y el derecho procesal, entregando al propietario un mapa de riesgos detallado para la toma de decisiones.



Capítulo I: Fundamentos Dogmáticos y Estructura Obligacional


Para comprender las garantías, primero es necesario diseccionar la anatomía jurídica de cada contrato. En el derecho chileno, la autonomía de la voluntad (artículo 1545 del Código Civil) permite a las partes pactar diversas estructuras, pero los efectos frente a terceros y ante el incumplimiento vienen predeterminados por la calificación jurídica que el tribunal otorgue al acuerdo, más allá del nombre que las partes le asignen.


1.1 El Arrendamiento con Opción de Compra (AOC): Un Contrato Atípico Complejo


El Arrendamiento con Opción de Compra no se encuentra regulado sistemáticamente en el Código Civil como una figura única, salvo en leyes especiales como la Ley N° 19.281 sobre Leasing Habitacional3, la cual, como se detallará más adelante, opera bajo una lógica institucional distinta a la de los contratos entre particulares.

En la esfera privada, el AOC se configura como un contrato mixto o complejo que fusiona dos elementos:

  1. Un contrato de arrendamiento típico: Regido por los artículos 1915 y siguientes del Código Civil y, tratándose de predios urbanos, por la Ley N° 18.101. Este es el contrato que justifica la tenencia material del inmueble durante el plazo de vigencia.

  2. Una oferta unilateral de venta irrevocable (Opción): Jurídicamente, la "opción" es una promesa unilateral de venta. El dueño se obliga a vender si y solo si el arrendatario decide comprar. La doctrina clásica chilena, siguiendo a Alessandri, distingue esta figura de la promesa bilateral porque en la opción no existe obligación de comprar por parte del arrendatario.5 Es un derecho potestativo puro.

Dinámica de la Garantía: La principal virtud de esta estructura para el dueño radica en la unilateralidad de la obligación de comprar. Al no existir una obligación recíproca pendiente de cumplimiento (sino una mera potestad del arrendatario), la relación jurídica predominante durante la vigencia del contrato es la de arrendamiento. Esto implica que, ante el incumplimiento en el pago de las rentas, el propietario puede invocar las normas protectoras del arrendamiento para la restitución, sin que el arrendatario pueda alegar válidamente la existencia de un "título de compra" pendiente que justifique su ocupación más allá del pago del canon.


1.2 El Arrendamiento con Promesa de Compraventa (APC): La Bilateralidad Vinculante


Por otro lado, el APC amalgama un contrato de arrendamiento con un Contrato de Promesa de Compraventa Bilateral, regulado estrictamente por el artículo 1554 del Código Civil.6

La promesa de compraventa en Chile es un contrato principal (aunque preparatorio) que genera una obligación de hacer: celebrar el contrato prometido. A diferencia de la opción, en la promesa bilateral ambas partes se obligan: el dueño a vender y el arrendatario a comprar.

Dinámica de la Garantía: A primera vista, el APC parece ofrecer mayor seguridad al dueño, puesto que el arrendatario debe comprar; no es una elección. Si al final del plazo no compra, está incumpliendo una obligación contractual, lo que habilita al dueño a pedir el cumplimiento forzado o la resolución del contrato con indemnización de perjuicios (artículo 1489 del Código Civil). Sin embargo, esta "fortaleza" obligacional es precisamente su talón de Aquiles en el ámbito posesorio. La existencia de una promesa bilateral vigente otorga al arrendatario un estatus jurídico superior al de mero tenedor precario, lo que, como veremos en el análisis jurisprudencial 2, puede blindarlo contra acciones de desalojo rápido, transformando la garantía de venta en un obstáculo para la recuperación del activo.

Elemento Comparativo

Arrendamiento con Opción de Compra (AOC)

Arrendamiento con Promesa de Compraventa (APC)

Naturaleza del Vínculo

Contrato Atípico (Mixto).

Contrato Solemne (Art. 1554 CC).

Obligación del Ocupante

Pagar renta y facultad de comprar.

Pagar renta y obligación de comprar.

Perfeccionamiento

Consensual (salvo la venta futura).

Solemne (Escritura Pública o Privada).

Efecto ante Incumplimiento

Terminación de Arriendo + Caducidad Opción.

Resolución de Promesa (Juicio Ordinario).

Título Posesorio

Mera Tenencia (Arrendamiento).

Mera Tenencia calificada (Promesa).



Capítulo II: El Riesgo Posesorio y la Recuperación del Inmueble


Para el dueño de un inmueble, la peor pesadilla no es que no le compren la propiedad, sino que el ocupante deje de pagar, no compre y, además, se niegue a restituir el bien. En este escenario, la distinción entre AOC y APC es crítica. La "garantía" de pago es ilusoria si el activo queda secuestrado en un litigio de larga data.


2.1 La Acción de Precario y la Doctrina del "Título Oponible"


El artículo 2195 inciso 2° del Código Civil define el precario como la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño. Históricamente, los propietarios utilizaban la acción de precario para desalojar ocupantes cuyo contrato de arriendo había expirado o quedado sin efecto.

Sin embargo, la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema ha endurecido los requisitos para que proceda el precario. Si el demandado (ocupante) puede exhibir cualquier título que lo vincule con el inmueble o con el dueño, aunque sea discutible, la acción de precario fracasa.7

El Problema del APC: En un fallo paradigmático de enero de 2025, la Corte Suprema acogió un recurso de casación rechazando una demanda de precario porque el ocupante exhibió un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa celebrado incluso con el anterior propietario.2 El tribunal razonó que la ocupación no obedecía a la "mera tolerancia", sino a una relación contractual previa que, aunque litigiosa, justificaba la tenencia.

Esto es devastador para el dueño en un APC. Si el promitente comprador incumple, el dueño no puede demandar precario. Debe demandar la resolución del contrato de promesa en un Juicio Ordinario de Lato Conocimiento.

  • Tiempo estimado: 3 a 5 años.

  • Consecuencia: El "promitente comprador" permanece en la propiedad durante todo el juicio, muchas veces sin pagar, alegando que los pagos previos fueron abonos al precio y no rentas.


2.2 La Eficacia de la Ley "Devuélveme mi Casa" en el AOC


En contraposición, el Arrendamiento con Opción de Compra se alinea mejor con los mecanismos de restitución rápida. Al ser la opción un elemento accesorio y eventual, el núcleo del contrato sigue siendo el arrendamiento.

La Ley N° 21.461, conocida como "Devuélveme mi Casa", modificó la Ley 18.101 para incorporar un procedimiento monitorio de cobro de rentas y restitución.9

  • Mecanismo: Si el arrendatario en un AOC deja de pagar las mensualidades, el dueño puede iniciar el procedimiento monitorio. El juez requerirá al deudor para que pague en 10 días; si no paga ni se opone fundadamente, se ordena el lanzamiento inmediato.

  • Ventaja del AOC: En este procedimiento, es mucho más complejo para el deudor oponerse alegando que es un "comprador". Como la opción es un derecho potestativo no ejercido aún, su estatus jurídico es inequívocamente el de arrendatario moroso. La jurisprudencia tiende a separar la opción del arriendo: mientras no se ejerza la opción (pagando el precio o cumpliendo la condición), rigen las normas del arriendo.12

Insight Estratégico: Para maximizar esta garantía, el contrato de AOC debe redactarse con una cláusula de divisibilidad contractual. Se debe estipular expresamente que el incumplimiento en el pago de las rentas provoca la caducidad ipso facto de la opción de compra, dejando subsistente solo el arrendamiento para efectos de su terminación inmediata. Esto evita que el contrato se "contamine" con la complejidad de una promesa y permite la vía rápida del monitorio.


2.3 El Riesgo de la Simulación y la Re-calificación Judicial


Existe un riesgo latente para el dueño que utiliza el AOC: que el tribunal considere que el contrato es una simulación de una venta a plazos.13

Si las "rentas" son desproporcionadamente altas (muy por sobre el valor de mercado del arriendo) y el precio final de la opción es irrisorio (ej. pagar la última cuota), el tribunal podría aplicar el principio de primacía de la realidad.

  • Consecuencia: El juez declarará que la relación es una compraventa a plazos. En tal caso, el dueño pierde la propiedad (ya la vendió) y solo tiene un crédito por el saldo de precio. No puede desalojar por Ley de Arriendo; debe pedir la resolución de la venta. Además, tributariamente, esto puede generar contingencias graves por elusión de IVA o Renta, como se verá en el capítulo correspondiente.



Capítulo III: Garantías Económicas para el Pago del Precio


Más allá de recuperar el inmueble, la preocupación central del dueño es asegurar que se le pague el precio pactado, compensando el costo de oportunidad de haber mantenido el inmueble fuera del mercado de venta general.


3.1 La Cláusula Penal en la Promesa (APC)


La herramienta clásica de garantía en el APC es la cláusula penal (artículos 1535 y siguientes del Código Civil). Las partes avalúan anticipadamente los perjuicios en caso de que no se firme la escritura definitiva.

  • Funcionamiento: Se fija una multa (ej. 10% del precio). Si el promitente comprador no firma, debe pagar esa suma.

  • Ejecutividad: Para que sea una garantía real, la promesa debe constar en escritura pública. Esto le otorga mérito ejecutivo, permitiendo embargar bienes del deudor rápidamente.15

  • Riesgo de Reducción (Cláusula Penal Enorme): El artículo 1544 del Código Civil permite al juez rebajar la cláusula penal si es "enorme" (desproporcionada). Jurisprudencia reciente de la Corte Suprema 16 ha validado multas del 5% al 10% del precio, pero ha mostrado reticencia ante cláusulas que pretenden retener la totalidad de las sumas pagadas si estas exceden considerablemente el daño real.

  • Caso Práctico: Si un APC dura 5 años y el arrendatario ha pagado el 50% del precio vía rentas, y luego desiste, una cláusula que permita al dueño retener ese 50% podría ser atacada por enriquecimiento sin causa.18 El dueño podría verse obligado a devolver parte del dinero, con reajustes, restando fuerza a la garantía.


3.2 El Precio de la Opción ("La Prima") en el AOC


En el AOC, la estructura de pagos ofrece una garantía más sutil pero potencialmente más robusta contra la devolución de dineros.

Se puede pactar un pago inicial, no como abono al precio del inmueble, sino como Precio de la Opción (Prima).

  • Naturaleza Jurídica: La prima es el precio que paga el arrendatario por el derecho exclusivo a decidir la compra durante un plazo, inmovilizando el activo del dueño. Es la contraprestación por la "reserva" y la "irrevocabilidad" de la oferta.

  • Irrestituibilidad: Si el arrendatario decide no comprar al final del plazo, no puede pedir la devolución de la prima. El dueño ya cumplió su obligación (mantener la oferta vigente). No hay enriquecimiento sin causa porque hubo una contraprestación válida (el tiempo y la exclusividad) que se consumió.

  • Seguridad para el Dueño: Esto permite al dueño recibir un flujo de caja inicial (ej. 5-10% del valor) que es suyo incondicionalmente, pase lo que pase con la venta final. En contraste con los abonos en el APC, que están sujetos a restitución si se resuelve el contrato, la prima en el AOC es un ingreso devengado.


3.3 Imputación de Rentas y Riesgo Financiero


En ambos modelos es común que las rentas de arrendamiento se imputen total o parcialmente al precio de venta.

  • En APC: La imputación es obligatoria si así se pactó, pues se entiende como pago anticipado. El riesgo es que, ante la inflación, el precio fijado en pesos nominales se devalúe. Por ello, es imperativo pactar en Unidades de Fomento (UF).16

  • En AOC: La imputación suele condicionarse al ejercicio de la opción. "Si compras, te reconozco el 100% de los arriendos como pie; si no compras, los arriendos quedan a mi favor como compensación por el uso". Esta cláusula es válida y muy potente. Sin embargo, para evitar la calificación de cláusula penal enorme, el canon de arriendo no debe ser exacerbadamente superior al mercado.



Capítulo IV: Análisis Procesal de Conflictos


La teoría legal se pone a prueba en los tribunales. A continuación, se comparan los escenarios de litigio para el dueño bajo ambas modalidades, integrando la jurisprudencia de 2024 y 2025.


4.1 Escenario A: El Ocupante Deja de Pagar Rentas y No Desaloja


  • Bajo APC (Promesa):

    • El dueño intenta demandar terminación de arriendo.

    • El ocupante contesta la demanda alegando que existe una Promesa de Compraventa vigente y que los pagos no son meras rentas, sino anticipos de precio. Invoca el artículo 1552 del Código Civil ("La mora purga la mora"), alegando que el dueño no ha cumplido con tener los papeles listos para la venta, etc..19

    • El tribunal podría declararse incompetente para ver la resolución de la promesa en un juicio sumario de arriendo, derivando las partes a un juicio ordinario.

    • Resultado: El dueño queda atrapado en un litigio largo con el ocupante dentro.

  • Bajo AOC (Opción):

    • El dueño demanda por Ley 21.461 (Monitorio).

    • Acompaña el contrato de arriendo. La opción consta en una cláusula o anexo, pero la obligación de pago mensual es clara.

    • El juez ordena el pago. Si no paga, lanzamiento.

    • La discusión sobre la opción de compra es una discusión sobre un derecho futuro y eventual que no enerva la obligación actual de pagar la renta por el uso.

    • Resultado: Alta probabilidad de recuperación rápida del inmueble.


4.2 Escenario B: El Ocupante Paga Todo, pero No Logra Financiamiento al Final


  • Bajo APC:

    • El plazo vence. El arrendatario no tiene el dinero.

    • El dueño puede exigir el cumplimiento forzado. Pero si el comprador es insolvente (no le dieron el crédito), demandar el cumplimiento es inútil (no se puede sacar sangre de una piedra).

    • El dueño demanda la resolución + cobro de la cláusula penal. Debe probar los perjuicios o atenerse a la pena pactada.

    • El arrendatario podría defenderse alegando "Teoría de la Imprevisión" o fuerza mayor (cambio drástico en condiciones de mercado), aunque los tribunales chilenos han sido restrictivos en esto.19

  • Bajo AOC:

    • El plazo vence. El arrendatario no ejerce la opción (no notifica la compra o no paga el precio).

    • La opción caduca automáticamente (de pleno derecho) por el solo transcurso del tiempo. No requiere declaración judicial.

    • El contrato de arriendo termina (si así se pactó) o continúa como arriendo simple.

    • El dueño es libre inmediatamente de vender a un tercero. No necesita juicio de resolución para "liberar" el inmueble. Se queda con la prima de la opción.

    • Resultado: Máxima eficiencia para el dueño. Recupera la disponibilidad del activo sin pasar por tribunales.



Capítulo V: Consideraciones Tributarias Críticas


El impacto impositivo puede mermar significativamente el "precio" que el dueño finalmente recibe. La estructura elegida detona hechos gravados distintos.


5.1 Impuesto al Valor Agregado (IVA)


La venta de inmuebles está gravada con IVA si el vendedor es un "vendedor habitual" (inmobiliarias, empresas constructoras, o personas que compren para revender en menos de un año).

  • En el AOC: Según el artículo 8 letra l) de la Ley de IVA, el arrendamiento con opción de compra de bienes inmuebles se asimila a una venta para efectos de IVA cuando es irrevocable o cuando se imputan las rentas al precio.20

  • Riesgo: Si el SII determina que el AOC es una venta financiada, podría exigir el pago del IVA sobre el total del precio al inicio del contrato o sobre cada cuota, afectando el flujo de caja.

  • Defensa: Si el vendedor es un particular no habitual (vende su casa usada), la operación suele estar exenta de IVA. Pero si es una empresa (persona jurídica), el riesgo es alto.


5.2 Impuesto a la Renta y Habitualidad


  • Tratamiento de las Rentas: En el AOC, los cánones mensuales son ingresos de arrendamiento (Renta de Primera Categoría o Global Complementario) para el dueño. Si luego se vende, el precio de venta es otro ingreso.

  • Tratamiento en APC: Si se estructura mal, el SII podría considerar que los pagos mensuales son anticipos de precio. Si la venta final no se concreta, se generan distorsiones contables que pueden derivar en multas o revisiones por "gastos rechazados".22

  • Beneficio Tributario DFL 2: Si el inmueble es DFL 2, las rentas de arrendamiento están libres de impuesto para personas naturales. En un AOC, el dueño maximiza este beneficio mientras dure el arriendo. En una promesa, la naturaleza de los ingresos es más discutible si se imputan a precio.



Capítulo VI: Requisitos de Validez y Cláusulas de Blindaje


Para que cualquiera de estas garantías opere, el contrato debe ser impecable. La nulidad es el peor enemigo del cobro.


6.1 Requisitos del Artículo 1554 para la Promesa (APC)


La jurisprudencia es draconiana con el artículo 1554.6

  • Especificación: El contrato prometido debe estar tan detallado que solo falte la tradición. Un error común es no especificar claramente los deslindes o la forma de pago del saldo. Si falta un detalle, la promesa es nula absolutamente.

  • Plazo o Condición: Debe fijarse una época determinada. "Se firmará cuando el banco apruebe el crédito" ha sido aceptado, pero es riesgoso si no se pone un plazo tope ("...y en todo caso, antes del 31 de diciembre").

  • Blindaje: Para el dueño, es vital incluir una cláusula que diga: "El mero retardo en el pago de una cuota o el vencimiento del plazo sin firma de escritura constituirá incumplimiento esencial, sin necesidad de requerimiento judicial". Aunque la resolución requiere sentencia, esta cláusula facilita la prueba del incumplimiento.


6.2 Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces (CBR)


  • APC: Se suele inscribir la promesa en el Registro de Hipotecas y Gravámenes (o Prohibiciones).26

  • Efecto: Impide que el dueño venda a otro (bloqueo registral).

  • Riesgo Dueño: Si el negocio falla, el dueño debe pedir al arrendatario que alce la prohibición. Si el arrendatario se niega o desaparece, el dueño debe demandar judicialmente el alzamiento, teniendo la propiedad "congelada" por años.

  • AOC: Generalmente no se inscribe, salvo acuerdo contrario.

  • Ventaja Dueño: Mantiene la "hoja limpia" de la propiedad. Si el arrendatario falla, vende a otro al día siguiente.



Capítulo VII: Análisis de Casos y Jurisprudencia Relevante (2024-2025)


El análisis de los "snippets" jurisprudenciales revela una tendencia clara:

  1. Fallo Corte Suprema Rol 35.739-2025 (Inadmisibilidad Casación): Confirma que el incumplimiento de una promesa de compraventa (no firmar en 90 días) da lugar a la resolución y al cobro de la cláusula penal (5% del precio). Lo relevante es que confirma la vía ordinaria como la única idónea, cerrando la puerta a procedimientos sumarios.28

  2. Fallo "Precario vs. Promesa" (Enero 2025) 2: Este es el fallo más crítico para el dueño. Establece que la promesa de compraventa es un título suficiente para enervar el precario. Esto significa que el dueño pierde la herramienta de desalojo más potente si firma una promesa. La "garantía" de la promesa se convierte en un "escudo" para el moroso.

  3. Aplicación Ley 19.281 (Leasing) 3: Los fallos confirman que las garantías especiales (juicio ejecutivo de lanzamiento) de esta ley solo aplican a operaciones bajo el sistema formal de leasing habitacional (cuentas de ahorro, inmobiliarias autorizadas). Un contrato privado de AOC no goza de estos privilegios procesales automáticos, por lo que debe construirse su protección vía cláusulas contractuales y Ley de Arriendo general.



Capítulo VIII: Conclusiones y Recomendaciones Estratégicas


Tras el análisis comparativo de las variables legales, procesales y económicas, se presentan las siguientes conclusiones dirigidas a maximizar la seguridad del propietario actual del inmueble.


8.1 Síntesis de Riesgos


Dimensión de Riesgo

Arrendamiento con Opción de Compra (AOC)

Arrendamiento con Promesa de Compraventa (APC)

Recuperación del Inmueble

Bajo Riesgo. Procedimiento Monitorio aplicable.

Alto Riesgo. Bloqueo de precario y juicio ordinario largo.

Certeza de Flujo (Precio)

Media. Depende de la voluntad del comprador.

Alta (Teórica). Obligación exigible, pero sujeta a solvencia.

Liquidez Inmediata

Alta. Prima de opción no reembolsable.

Baja. Abonos sujetos a restitución si hay resolución.

Flexibilidad de Mercado

Alta. Si no ejercen, se vende a otro de inmediato.

Nula. Propiedad amarrada hasta resolver el contrato.


8.2 Recomendación para el Dueño


Si la prioridad del dueño es blindarse contra el impago y asegurar la disponibilidad del activo, la estructura jurídica superior es el Arrendamiento con Opción de Compra (AOC), diseñado bajo los siguientes parámetros estrictos:

  1. Dualidad Contractual: Redactar el contrato distinguiendo claramente las obligaciones de arrendamiento de la oferta de venta. No mezclarlas en cláusulas confusas.

  2. La "Prima" como Pilar: Exigir un pago inicial sustancial (10-20%) conceptuado explícitamente como "Precio de la Opción Irrevocable" y no como anticipo de precio. Esto asegura que ese dinero es propiedad del dueño desde el día 1, sin riesgo de tener que devolverlo por enriquecimiento sin causa.

  3. Cláusula de Caducidad Ipso Facto: Estipular que el atraso en 1 o 2 rentas de arrendamiento produce la caducidad automática del derecho de opción. Esto transforma al ocupante en un simple arrendatario moroso, habilitando el uso de la Ley "Devuélveme mi Casa" para un lanzamiento expedito.

  4. No Inscripción: Evitar la inscripción de la opción en el Conservador de Bienes Raíces para mantener la liquidez registral del activo.

  5. Precio en UF: Fijar tanto las rentas como el precio futuro de la opción en Unidades de Fomento para neutralizar el riesgo inflacionario.

Por qué descartar la Promesa (APC): Aunque la Promesa parece más fuerte porque "obliga" a comprar, en la práctica judicial chilena actual, esa obligación es difícil de ejecutar forzadamente si el comprador no tiene fondos (bancos no prestan). Y lo que es peor, la existencia de la promesa le da al ocupante un argumento legal sólido para quedarse en la propiedad durante años mientras dura el juicio, bloqueando la venta a terceros y generando un lucro cesante devastador para el dueño.

En conclusión, para el dueño que busca garantías reales de pago, el control de la posesión es la garantía última. El AOC preserva ese control mucho mejor que el APC en el actual entorno jurídico chileno.


Nota: Este informe ha sido elaborado considerando la normativa vigente al año 2025 y la jurisprudencia reciente de los tribunales superiores de justicia de Chile. Se recomienda que la redacción final del instrumento contractual sea realizada por un abogado especialista, adaptando estas directrices al caso particular.


Fuentes citadas

  1. ¿Qué es el arriendo con compromiso de compra? - Blog, acceso: noviembre 26, 2025, https://blog.paz.cl/index.php/compra-de-departamentos/que-es-el-arriendo-con-compromiso-de-compra

  2. No procede acción de precario si la tenencia se origina en un contrato de arrendamiento con promesa de compraventa celebrado con el anterior propietario del inmueble. - Diario Constitucional, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.diarioconstitucional.cl/2025/01/21/no-procede-accion-de-precario-si-la-tenencia-se-origina-en-un-contrato-de-arrendamiento-con-promesa-de-compraventa-celebrado-con-el-anterior-propietario-del-inmueble/

  3. Ley 19281 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - BCN, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=30648

  4. Ley 19281, acceso: noviembre 26, 2025, https://nuevo.leychile.cl/servicios/Consulta/Exportar?radioExportar=Normas&exportar_formato=pdf&nombrearchivo=LEY-19281_27-DIC-1993&exportar_con_notas_bcn=False&exportar_con_notas_originales=False&exportar_con_notas_al_pie=False&hddResultadoExportar=30648.1993-12-27.0.0%23

  5. Desde luego, dejemos bien en claro que debe distinguirse entre la opción en el derecho en general y el contrato de opción. - U-Cursos, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.u-cursos.cl/derecho/2023/2/D122A0627/1/material_docente/bajar?id=6857685&bajar=1

  6. Código Civil Artículo 1554. - Leyes-cl.com, acceso: noviembre 26, 2025, https://leyes-cl.com/codigo_civil/1554.htm

  7. Casuísticas y soluciones judiciales. Acción de precario - Inteligencia Jurídica, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.portal.ijuridica.cl/casuisticas-y-soluciones-judiciales-accion-de-precario/

  8. Acción de precario. Títulos que justifican ocupación. - Diario Constitucional, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.diarioconstitucional.cl/2024/07/10/accion-de-precario-titulos-que-justifican-ocupacion-3/

  9. Devuélveme mi Casa (Ley N° 21.461) - ChileAtiende, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/107794-devuelveme-mi-casa-ley-n-21-461

  10. Ley Devuélveme mi Casa - Aguila & Compañía - Abogados en Puerto Montt, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.aguilaycia.cl/post/ley-devu%C3%A9lveme-mi-casa-en-chile-contrato-de-arrendamiento

  11. Ley 21461 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - BCN, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1178004

  12. ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA - UVaDOC Principal, acceso: noviembre 26, 2025, https://uvadoc.uva.es/bitstream/handle/10324/38677/TFG-D_00914.pdf?sequence=1

  13. ¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO JURIDICO DE LA SIMULACIÒN DE CONTRATO EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURIDICO? - Universidad Finis Terrae, acceso: noviembre 26, 2025, https://repositorio.uft.cl/server/api/core/bitstreams/572124b5-d256-4fd8-b2c1-20ecab699979/content

  14. La Simulación de Actos Jurídicos y sus Efectos frente a Terceros en el Derecho Civil Chileno - Aguila & Compañía - Abogados en Puerto Montt, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.aguilaycia.cl/post/la-simulaci%C3%B3n-de-actos-jur%C3%ADdicos-y-sus-efectos-frente-a-terceros-en-el-derecho-civil-chileno

  15. El Contrato de Promesa en Chile - Aguila & Compañía - Abogados en Puerto Montt, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.aguilaycia.cl/post/el-contrato-de-promesa-en-chile-un-an%C3%A1lisis-exhaustivo

  16. Corte Suprema ordena pago de cláusula penal por incumplimiento de promesa de compraventa - Poder Judicial, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/86538

  17. la promesa de contrato - Corte Suprema de Justicia, acceso: noviembre 26, 2025, https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/2023/10/COMPENDIO-CONTRATO-DE-PROMESA-30-10-2023.pdf

  18. El Enriquecimiento Sin Causa como Fuente de las Obligaciones en el Derecho Civil Chileno: Un Análisis Dogmático y Jurisprudencial - Aguila & Compañía - Abogados en Puerto Montt, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.aguilaycia.cl/post/el-enriquecimiento-sin-causa-como-fuente-de-las-obligaciones-en-el-derecho-civil-chileno-un-an%C3%A1lisi

  19. LA TEORÍA DE LOS RIESGOS EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES A LA LUZ DEL COVID-19 A raíz de la pandemia, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.ugm.cl/ugm/site/docs/20201120/20201120160324/charla_online___teoria_de_los_riesgos_y_arriendo_de_locales_comerciales__version_final_.pdf

  20. ¿Cómo funciona un arriendo con opción de compra? - Develop Gestion Comercial, acceso: noviembre 26, 2025, https://develop.cl/como-funciona-un-arriendo-con-opcion-de-compra/

  21. Ley Chile - Ley 20899 - Biblioteca del Congreso Nacional - BCN, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=1087342

  22. Contrato de arriendo con opción de compra suscrito con empresa relacionada en el extranjero - SII, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.sii.cl/destacados/catalogo_esquemas/caso_026.pdf

  23. EFECTOS TRIBUTARIOS EN EL IMPUESTO A LA RENTA Y EL CONTRATO DE LEASING, AL CEDER O ENAJENAR LA OPCIÓN DE COMPRA - Repositorio Académico - Universidad de Chile, acceso: noviembre 26, 2025, https://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/167831/Vargas%20Leon%20Maria.pdf

  24. Contrato de Promesa.pdf - Santiago - Juan Andres Orrego Acuña, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.juanandresorrego.cl/assets/pdf/apu/ap_6/Contrato%20de%20Promesa.pdf

  25. Artículo 1554 del Código Civil - DerechoPedia, acceso: noviembre 26, 2025, https://derechopedia.cl/Art%C3%ADculo_1554_del_C%C3%B3digo_Civil

  26. Copia de prohibición que afecta a una propiedad - ChileAtiende, acceso: noviembre 26, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/454-copia-de-prohibicion-que-afecta-a-una-propiedad

  27. Inscripción en los Registros de Propiedad, Hipotecas y Prohibiciones - CBRS, acceso: noviembre 26, 2025, https://conservador.cl/portal/inscripcion_propiedad

  28. Corte Suprema mantiene resolución de promesa de compraventa - DOE, acceso: noviembre 26, 2025, https://actualidadjuridica.doe.cl/corte-suprema-mantiene-resolucion-de-promesa-de-compraventa/

Informes preparados con la ayuda de la iA. Antes de usar en juicio, rogamos chequear las normas y la jurisprudencia para ratificar su autenticidad. 

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