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El Matrimonio por Mandato

  • Foto del escritor: Elizabeth Sanchez
    Elizabeth Sanchez
  • hace 5 días
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Actualizado: hace 4 días

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La Representación en el Acto Matrimonial Chileno


El matrimonio, tal como lo define el Código Civil chileno, es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen de manera actual e indisoluble, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.1 A pesar de su naturaleza profundamente personal, la legislación chilena reconoce una excepción práctica a la regla de la presencia física de ambos contrayentes: el matrimonio por mandato o por poder especial.3 Esta figura jurídica, lejos de ser una simple formalidad, constituye una herramienta vital del derecho de familia que permite a uno de los futuros cónyuges ser representado por un tercero en el acto de celebración.3

La base legal de esta modalidad se encuentra en el Artículo 103 del Código Civil, que establece explícitamente que "El matrimonio podrá celebrarse por mandatario especialmente facultado para este efecto".4 Esta disposición se complementa con las normas de la Ley de Matrimonio Civil N° 19.947, que regula los requisitos y el procedimiento general para la celebración del matrimonio.5 El reconocimiento de esta figura demuestra una adaptabilidad del ordenamiento jurídico chileno a las realidades contemporáneas, como la movilidad global y las dificultades geográficas que pueden impedir la presencia de una de las partes. Los beneficios prácticos de esta figura son claros: permite a parejas superar barreras físicas, especialmente cuando uno de los contrayentes reside en el extranjero, y puede incluso facilitar trámites migratorios posteriores, como la solicitud de una visa de residencia por reunificación familiar.8

Desde un punto de vista analítico, el matrimonio por mandato revela una interesante tensión inherente en la doctrina del derecho de familia chileno. Por un lado, se reafirma la visión del matrimonio como un acto personalísimo, basado en el consentimiento libre y espontáneo de los contrayentes.9 Por otro, se admite la representación, una figura contractual que, por su naturaleza, se opone a la personalísima del acto. La ley resuelve esta dualidad al imponer una estricta solemnidad al mandato, elevando su peso jurídico y equiparándolo al consentimiento directo. De este modo, la escritura pública del mandato no es un mero trámite, sino el instrumento solemne a través del cual el contrayente ausente manifiesta su voluntad de unirse en matrimonio, asegurando la validez y la seriedad del consentimiento sin requerir la presencia física. Este enfoque protege la institución matrimonial al tiempo que proporciona una solución práctica a los individuos.


2. Naturaleza y Requisitos del Mandato Especial para Contraer Matrimonio


El contrato de mandato para contraer matrimonio en Chile es una excepción notable a las reglas generales que rigen este tipo de acuerdos. A diferencia del mandato civil común, que en muchos casos puede ser consensual, el mandato para matrimonio se distingue por su carácter estrictamente solemne.10 Esto implica que su validez no depende solo del acuerdo de voluntades entre mandante y mandatario, sino también del cumplimiento de una serie de formalidades legales ineludibles. Si estas formalidades no se respetan, el matrimonio celebrado podría ser susceptible de ser declarado nulo por vicios de forma.11

Los requisitos esenciales del mandato están establecidos en el Artículo 103 del Código Civil.4 El más fundamental es que debe ser otorgado por escritura pública.4 Este requisito de solemnidad garantiza la autenticidad del documento y la fehaciencia del consentimiento del contrayente que se encuentra ausente. La ley exige que el mandato sea de carácter

"especial", lo que significa que su único propósito debe ser facultar al mandatario para celebrar el matrimonio. No se puede utilizar un poder general para este fin.10

Además de la formalidad, el contenido del mandato debe ser rigurosamente "determinado".10 La escritura pública debe incluir obligatoriamente los siguientes datos 4:

  • Nombre, apellido, profesión y domicilio de ambos contrayentes.

  • Nombre, apellido, profesión y domicilio del mandatario.

Para garantizar la correcta ejecución del trámite y la aceptación del documento por parte del Servicio de Registro Civil, la práctica jurídica ha establecido requisitos adicionales. La minuta del mandato debe ser redactada por un abogado en Chile.10 Esta recomendación no es trivial; la complejidad de los trámites y la especificidad de las facultades requeridas hacen que la intervención de un experto sea fundamental para evitar errores que podrían invalidar el matrimonio. Por lo tanto, el Registro Civil exige que la escritura incluya facultades explícitas para realizar la "manifestación", la "información" y la elección del "régimen patrimonial" del matrimonio.13

Si uno de los futuros cónyuges reside en el extranjero, el proceso añade una capa de complejidad. El mandato debe ser otorgado ante un Cónsul chileno en el país de residencia del contrayente.13 Para que dicho documento sea válido y reconocido en Chile, la firma del Cónsul debe ser legalizada a través del sistema de

Apostilla del Ministerio de Relaciones Exteriores.13 Esta cadena de formalidades, que incluye la escritura pública, la redacción por un abogado y la legalización consular, es el mecanismo legal que protege la institución del matrimonio. Lejos de ser una burocracia innecesaria, cada paso eleva la solemnidad y la seriedad del consentimiento, previniendo así posibles fraudes o vicios en la manifestación de la voluntad.


3. Procedimiento y Requisitos de la Celebración del Matrimonio


El proceso para contraer matrimonio por mandato en Chile sigue una secuencia de pasos bien definidos, que en gran medida son paralelos a los del matrimonio presencial. La principal diferencia radica en que el mandatario actúa en lugar de uno de los contrayentes durante las diligencias previas y en el acto de celebración.16


Etapa 1: Diligencias Previas (Manifestación e Información)


El primer paso es la manifestación de la intención de contraer matrimonio.9 Esto debe ser comunicado al Oficial del Registro Civil por el contrayente que se encuentra presente, junto con el mandatario que representa a la persona ausente.9 La manifestación puede realizarse de forma escrita, oral o mediante lenguaje de señas.9

A continuación, se procede a la etapa de información. En esta fase, los contrayentes (en este caso, el contrayente presente y el mandatario) deben presentar al menos dos testigos hábiles.9 Estos testigos deben ser mayores de 18 años, poseer cédula de identidad chilena vigente y estar en pleno uso de sus facultades.9 Su función es declarar que los futuros cónyuges no tienen impedimentos ni prohibiciones legales para casarse, como ser parientes o estar ya casados.9 Es fundamental que el contrayente presente y el mandatario lleven consigo las cédulas de identidad de ambos futuros cónyuges, así como las de los testigos.9


Etapa 2: Celebración del Matrimonio


Una vez realizadas y registradas las diligencias previas, se debe celebrar el matrimonio en un plazo máximo de 90 días.8 Si este período expira, las diligencias pierden validez y deben repetirse por completo. El acto de celebración se lleva a cabo en la fecha y hora acordadas, ante el mismo Oficial del Registro Civil que intervino en las diligencias preliminares.6 En este momento, el contrayente que está presente y el mandatario confirman su consentimiento. La culminación del proceso es la firma del acta matrimonial, que es firmada por el mandatario en nombre del cónyuge ausente, dándole validez al acto.16


Requisitos Generales de los Contrayentes


Independientemente de si el matrimonio es por mandato o presencial, los contrayentes deben cumplir con los requisitos de fondo establecidos por la ley, que incluyen:

  • Ser mayores de 18 años.9

  • No estar ligados por un vínculo matrimonial no disuelto. La bigamia es una causal de nulidad matrimonial.9

  • No tener impedimentos de parentesco, como ser ascendientes, descendientes o colaterales en segundo grado.5

  • Dar su consentimiento libre y espontáneo, sin que haya vicios de la voluntad.7

La figura del matrimonio por mandato evidencia cómo la legislación chilena logra que un acto personal y de presencia física se adapte a las circunstancias de distancia, sin comprometer los principios fundamentales del derecho matrimonial. Los estrictos requisitos para el mandato y la exigencia de testigos durante las diligencias previas actúan como mecanismos de control estatal para garantizar la autenticidad del consentimiento y proteger la institución del matrimonio.


4. Aspectos Prácticos y Plazos.


El matrimonio por mandato, a pesar de su aparente simplicidad conceptual, implica una serie de consideraciones prácticas y financieras que deben ser manejadas con precisión para asegurar el éxito del proceso. La complejidad de los trámites y los costos asociados son factores que demuestran que, aunque es una opción legal viable, no es un proceso trivial.


Tiempos del Proceso


El tiempo total del proceso puede variar considerablemente dependiendo de la ubicación del contrayente ausente y de la rapidez de los trámites consulares. Si el mandato se otorga en el extranjero, la redacción, el envío, la firma consular y la apostilla del documento pueden tomar varias semanas o incluso meses.13

Es crucial diferenciar el plazo de vigencia del mandato mismo del plazo para la celebración del matrimonio. La escritura de mandato no tiene un plazo de vigencia predeterminado, pero su uso efectivo para la celebración del matrimonio está sujeto al plazo de 90 días que comienza a correr una vez que se han realizado las diligencias previas (manifestación e información) en el Registro Civil.8 Si la celebración no se produce dentro de este periodo, las diligencias expiran y todo el proceso debe reiniciarse, incluyendo la manifestación y la información con los testigos.8



4. Efectos Legales y Riesgos de Nulidad


Una vez celebrado y registrado, un matrimonio por mandato produce los mismos efectos jurídicos que uno presencial.10 Desde el punto de vista legal, no existe ninguna diferencia en la creación del vínculo conyugal, los derechos y deberes recíprocos de los cónyuges, la filiación de los hijos o la entrada en vigencia del régimen patrimonial que se haya elegido.10 Esto subraya la plena equivalencia legal entre ambas modalidades.

Sin embargo, precisamente por su naturaleza de excepción, el matrimonio por mandato está sujeto a riesgos de nulidad que pueden derivarse de vicios en la forma o en el consentimiento. Es crucial entender estas causales para asegurar la validez del acto:


Causales de Nulidad por Vicios de Forma


Los vicios de forma son los más relevantes en el contexto del matrimonio por mandato. La principal causal es el incumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 103 del Código Civil. Si el mandato no se otorga por escritura pública o si no es de carácter especial, el matrimonio puede ser declarado nulo.11 De igual manera, si el matrimonio no se celebra ante un Oficial del Registro Civil o si los testigos no cumplen con los requisitos de la ley, el acto podría ser anulado.11 Esto demuestra que un simple error en el documento o en el procedimiento no es un mero fallo administrativo, sino un vicio que afecta la esencia del consentimiento y, por ende, la validez del matrimonio.


Causales de Nulidad por Vicios de Fondo


Además de los vicios formales, el matrimonio por mandato es susceptible a las mismas causales de nulidad que cualquier otro matrimonio civil. Estas incluyen:

  • Impedimentos Legales: Si uno de los contrayentes tenía un impedimento legal no disuelto al momento de la celebración, como un vínculo matrimonial anterior (bigamia) o un parentesco prohibido por la ley.11

  • Falta de Capacidad o Consentimiento: Si uno de los contrayentes carecía de la capacidad legal (por ejemplo, era menor de 18 años) 9 o si su consentimiento no fue libre y espontáneo debido a un error o una fuerza.9 La falta de juicio o un trastorno psicológico que impida comprender los compromisos matrimoniales son también causales de nulidad.11

La posibilidad de nulidad por vicios de forma en el mandato enfatiza el carácter de este documento como un acto jurídico autónomo y esencial para la validez del matrimonio. Un defecto en el poder no es una simple anomalía, sino un vicio que afecta el consentimiento y, por lo tanto, puede anular la totalidad del acto matrimonial. Esto refuerza la necesidad de una asesoría legal especializada desde la etapa inicial del proceso.


6. Conclusiones y Comparaciones Jurídicas


El matrimonio por mandato es una figura jurídica robusta y bien reglamentada en Chile, que demuestra una capacidad del ordenamiento legal para adaptarse a las necesidades prácticas de los ciudadanos. Es un mecanismo que permite a las parejas formalizar su unión a pesar de las barreras geográficas, sin sacrificar la solemnidad y la seriedad que requiere el acto matrimonial.

Para una comprensión completa de la figura, es útil diferenciarla de otras instituciones y procedimientos relacionados:


Matrimonio por Mandato vs. Inscripción de Matrimonio Extranjero


Es fundamental no confundir el matrimonio por mandato con la inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero.19 El primer proceso es la

celebración de un matrimonio en Chile con la representación de un contrayente ausente. El segundo, en cambio, es la inscripción en el Registro Civil de Chile de un matrimonio que ya fue celebrado en otro país.4 Aunque ambos trámites buscan regularizar una situación matrimonial ante la ley chilena, son procesos distintos con requisitos y finalidades diferentes.


Matrimonio por Mandato vs. Acuerdo de Unión Civil (AUC) por Mandato


La figura de la representación por mandato no es exclusiva del matrimonio. El Acuerdo de Unión Civil (AUC) también puede celebrarse por medio de un mandatario.10 Sin embargo, la naturaleza y los efectos de ambos actos son fundamentalmente distintos. El matrimonio es un contrato que da origen a una familia, con un régimen de derechos y deberes recíprocos establecido por la ley. El AUC, por su parte, es un contrato solemne celebrado entre dos personas que conviven de manera estable y formalizan una relación de convivencia sin contraer matrimonio.10 A pesar de que comparten la figura de la representación por mandato, el resultado legal y el alcance de las obligaciones son disímiles.

En resumen, el matrimonio por mandato es una herramienta jurídica esencial en el derecho de familia chileno. A pesar de su complejidad procedural, el rigor de sus requisitos formales y la supervisión del Servicio de Registro Civil aseguran que la esencia del consentimiento matrimonial sea preservada, lo que garantiza la validez y la solidez del vínculo conyugal. La necesidad de una asesoría legal especializada para la redacción del mandato y la correcta ejecución de los trámites no es un impedimento, sino una salvaguarda que el sistema legal chileno ha incorporado para proteger la institución del matrimonio.

Obras citadas

  1. EL CONCEPTO DE MATRIMONIO EN EL CODIGO CIVIL DE CHILE: UNA LECTURA CANONICA - Pro Jure Revista de Derecho - PUCV, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.projurepucv.cl/index.php/rderecho/article/download/399/372

  2. EL CONCEPTO DE MATRIMONIO EN EL CODIGO CIVIL DE CHILE: UNA LECTURA CANONICA - Pro Jure Revista de Derecho - PUCV, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.projurepucv.cl/index.php/rderecho/article/download/399/372/1500

  3. www.ayalaycia.cl, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.ayalaycia.cl/mandato#:~:text=Nuestra%20legislaci%C3%B3n%20permite%20que%20uno,mediante%20un%20contrato%20de%20mandato.

  4. Art. 103 Código Civil Artículo 103 (CC) El matrimonio podrá ..., fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://leyes-cl.com/codigo_civil/103.htm

  5. Establece nueva ley de matrimonio civil - Leyes-cl.com, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://leyes-cl.com/establece_nueva_ley_de_matrimonio_civil.htm

  6. Reglamento de la ley Nº 19.947 de Matrimonio Civil TITULO I Del Matrimonio - Amazon S3, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://s3.us-east-2.amazonaws.com/cdn.miraquetemiro.org/Ley-19.947-del-matrimonio-civil_c21df38c7d72c0a094cd049c2627732a.pdf

  7. Ley 19947 - AWS, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://landwise-production.s3.us-west-2.amazonaws.com/2022/06/LEY-19947_17-MAY-2004_original-text.pdf

  8. Matrimonios por Poder | Servitramitescl, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://servitramites.cl/matrimonios-por-poder/

  9. Reservar hora para matrimonio civil o inscripción del ... - Chileatiende, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/3373-reservar-hora-para-matrimonio-civil-o-inscripcion-del-matrimonio-religioso

  10. El Matrimonio Por Poder Es Posible En Virtud Del Art. 103 Del Cc. - Derecho-Chile, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://derecho-chile.cl/matrimonio-por-poder/

  11. ¿En qué consiste la nulidad de un matrimonio? | Blog NexoAbogados, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://blog.nexoabogados.cl/en-que-consiste-la-nulidad-de-un-matrimonio/

  12. Nulidad del Matrimonio en Chile - Aguila & Compañía - Abogados en Puerto Montt, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.aguilaycia.cl/post/nulidad-del-matrimonio-en-chile

  13. Mandato ¿Necesitas asesoría legal? Ayala&Cia Abogados, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.ayalaycia.cl/mandato

  14. Documentos, poderes y legalizaciones - Chile en el Exterior, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.chile.gob.cl/vancouver/documentos-poderes-y-legalizaciones

  15. Cómo casarse / divorciarse - Chile en el Exterior, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.chile.gob.cl/tacna/tramites/para-chilenos/asuntos-familiares/como-casarse-divorciarse

  16. Matrimonio por poder: ¿Cómo casarse si su pareja está en otro país? COLOMBIA, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://chauxjaramillo.com/blog/derecho-de-familia/matrimonio-por-poder/

  17. Ley Chile - Ley 19947 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - BCN, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=225128&idVersion=2021-08-16

  18. Cómo CASARME en Chile | Matrimonio Civil - YouTube, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.youtube.com/watch?v=b0gEn0MkD1w&pp=0gcJCfwAo7VqN5tD

Inscripción consular de matrimonio en el exterior, fecha de acceso: septiembre 17, 2025, https://www.chile.gob.cl/chicago/tramites/para-chilenos/inscripciones-civiles/inscripcion-consular-de-matrimonio-en-el-exterior

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