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Responsabilidad Extracontractual

Foto del escritor: Mario E. AguilaMario E. Aguila

En Chile, todos tenemos la responsabilidad de actuar con cuidado y diligencia para no causar daño a otros (1). Cuando no lo hacemos y causamos un perjuicio a alguien, ya sea por acción u omisión, surge lo que se conoce como responsabilidad extracontractual. En términos simples, la responsabilidad extracontractual es la obligación que tiene una persona de reparar el daño que le ha causado a otra, sin que exista un contrato previo entre ellas (2). Es extracontractual cuando tiene su origen en algún delito o cuasidelito civil. Cuasidelito civil es el hecho ilícito y culpable que causa un daño (3). Imagine que va caminando por la calle y, por descuido, alguien choca con usted y le rompe su teléfono celular. Esa persona tiene la responsabilidad extracontractual de reparar el daño, es decir, de pagarle el valor del teléfono.


Tipos de Responsabilidad Civil


En el ámbito civil, la responsabilidad puede originarse por distintos motivos. Podemos distinguir al menos tres tipos de responsabilidad civil:

  • Responsabilidad civil contractual: Surge cuando una de las partes de un contrato no cumple con las obligaciones que asumió en el mismo. Por ejemplo, si un pintor se compromete a pintar una casa y no lo hace, o lo hace de manera deficiente, incurre en responsabilidad contractual (4).

  • Responsabilidad civil extracontractual: Se origina cuando se causa un daño a otra persona sin que exista un contrato previo entre ellas, como en el ejemplo del choque que rompe un celular. Esta responsabilidad se basa en el deber general de no dañar a otros (3).

  • Responsabilidad civil legal: Se deriva directamente de la ley, que establece la obligación de reparar ciertos daños, aunque no haya culpa del responsable. Un ejemplo de esto es la responsabilidad de los dueños de vehículos por los daños que causen, aunque no los conduzcan ellos mismos.


Requisitos de la Responsabilidad Extracontractual


Para que exista responsabilidad extracontractual, deben cumplirse los siguientes requisitos (5):

  • Daño: Debe existir un perjuicio real y efectivo a la víctima. Este daño puede ser material (como la rotura de un objeto), moral (como el sufrimiento psicológico) o la pérdida de una legítima ventaja o beneficio (3).

  • Culpa o negligencia: El daño debe ser consecuencia de una acción u omisión culposa o negligente del responsable. Esto significa que la persona no actuó con el cuidado y la diligencia que le eran exigibles en esa situación. La culpa se define como la falta de la diligencia o cuidado que los hombres prudentes emplean ordinariamente en sus actos y negocios propios (6).

  • Relación de causalidad: Debe existir una relación directa y necesaria entre la acción u omisión del responsable y el daño causado (4). En otras palabras, el daño debe ser consecuencia directa de la culpa o negligencia del responsable.

  • Capacidad del autor del hecho ilícito: La persona que causa el daño debe ser capaz de comprender la ilicitud de su conducta y de dirigir sus acciones. En general, los dementes, los menores de 7 años y los mayores de 7 y menores de 16 años declarados sin discernimiento son incapaces (6).

Además de estos requisitos, es importante tener en cuenta que existen ciertas situaciones que pueden eximir de responsabilidad, como:

  • Caso fortuito o fuerza mayor: Si el daño se produce por un evento imprevisible e irresistible, como un terremoto o una inundación, no hay culpa del autor del daño y queda exento de responsabilidad (7).

  • Estado de necesidad: Es aquel en que una persona se ve obligada a ocasionar un daño a otra para evitar uno mayor a sí misma o a un tercero. Por ejemplo, si alguien rompe la ventana de un auto para rescatar a un bebé que está encerrado en su interior en un día caluroso (3).

  • Legítima defensa: El que obra en defensa de su persona o derechos, siempre que concurran las circunstancias necesarias, no es responsable del daño causado (8).


Naturaleza Jurídica de la Responsabilidad Extracontractual


La responsabilidad extracontractual tiene una naturaleza jurídica esencialmente civil. Esto significa que su principal objetivo es la reparación del daño causado a la víctima (9). A diferencia de la responsabilidad penal, que busca castigar al culpable, la responsabilidad extracontractual se centra en compensar a la víctima por el perjuicio sufrido (8).


El sistema de responsabilidad civil chileno es de base subjetiva, lo que significa que, en principio, se requiere la existencia de culpa o dolo para que surja la obligación de reparar el daño (4). Sin embargo, existen casos de responsabilidad objetiva, donde la obligación de reparar el daño surge por la sola ocurrencia del mismo, sin importar la culpa.


La obligación de reparar el daño se traduce en el pago de una indemnización que puede incluir:

  • Daño emergente: Es el empobrecimiento real y efectivo que sufre el patrimonio de una persona a consecuencia del hecho ilícito. Por ejemplo, el costo de reparar un auto dañado en un accidente (3).

  • Lucro cesante: Es la utilidad que deja de percibirse a causa del daño. Por ejemplo, las ganancias que un taxista deja de obtener mientras su auto está en reparación (3).


Características de la Responsabilidad Extracontractual


La responsabilidad extracontractual presenta diversas características que la distinguen de otras formas de responsabilidad:

  • Esencialmente civil: Como se mencionó anteriormente, su objetivo principal es la reparación del daño.

  • Puede ser concurrente con la responsabilidad penal: En algunos casos, un mismo hecho puede dar lugar a responsabilidad extracontractual y penal. Por ejemplo, si alguien conduce ebrio y causa un accidente, puede ser sancionado penalmente por conducir bajo la influencia del alcohol y, al mismo tiempo, ser obligado a indemnizar a las víctimas por los daños causados.

  • Opera con presunción de culpa en muchos casos: En muchas situaciones, la ley presume la culpa del responsable, por lo que es él quien debe probar que actuó con la debida diligencia para eximirse de responsabilidad. Sin embargo, esto no aplica en todos los casos (3).


Responsabilidad por Hechos Ajenos


Generalmente, una persona responde solo por sus propios actos. Sin embargo, en ciertos casos, la ley establece la responsabilidad por hechos ajenos. Esto significa que una persona puede ser responsable por los daños causados por otra persona que está bajo su cuidado o dependencia. Algunos ejemplos de responsabilidad por hechos ajenos son (7):

  • Responsabilidad de los padres por los actos de sus hijos menores de edad: Los padres son responsables de los daños que causen sus hijos menores que habiten en la misma casa, siempre que no hayan podido impedir el hecho con la autoridad y cuidado que su calidad les confiere (7).

  • Responsabilidad de los tutores o curadores por los actos de sus pupilos: Los tutores y curadores son responsables de los daños causados por las personas que están bajo su cuidado.

  • Responsabilidad de los jefes de colegios y escuelas por los actos de sus discípulos: Los jefes de colegios y escuelas son responsables de los daños causados por sus alumnos mientras están bajo su cuidado.

  • Responsabilidad de los artesanos y empresarios por los actos de sus aprendices o dependientes: Los artesanos y empresarios son responsables de los daños causados por sus aprendices o dependientes mientras están bajo su cuidado.


Abuso de Derecho


El abuso de derecho se produce cuando una persona ejerce un derecho que le corresponde, pero lo hace de una manera que excede los límites de la buena fe, la moral o las buenas costumbres, causando daño a otra persona. En estos casos, la persona que abusa de su derecho puede incurrir en responsabilidad extracontractual, aunque el ejercicio del derecho en sí mismo sea lícito (3).


Por ejemplo, si un vecino tiene derecho a construir un muro en su propiedad, pero lo hace con la única intención de tapar la vista a su vecino de al lado, podría estar abusando de su derecho.


Responsabilidad Precontractual


La responsabilidad precontractual se refiere a la obligación de las partes de actuar de buena fe durante las negociaciones previas a la celebración de un contrato. Si una de las partes incumple este deber y causa daño a la otra, puede incurrir en responsabilidad extracontractual, aunque el contrato finalmente no se celebre (10).


Por ejemplo, si una persona inicia negociaciones para la compra de un inmueble con la intención de adquirirlo, pero luego se retira de las negociaciones sin motivo justificado, causando un perjuicio al vendedor, podría ser responsable por los daños causados.


Ejemplos de Responsabilidad Extracontractual

A continuación, se presentan algunos ejemplos concretos de situaciones donde se aplica la responsabilidad extracontractual en Chile:

  • Accidentes de tránsito: Si un conductor, por descuido, no respeta una señal de tránsito y choca a otro vehículo, será responsable de los daños causados.

  • Daños a la propiedad: Si alguien, accidentalmente o intencionalmente, deja una vela encendida que provoca un incendio en la propiedad de otra persona, tendrá la obligación de repararla.

  • Lesiones personales: Si una persona causa lesiones a otra, por ejemplo, en una riña callejera donde se excede del derecho a la legítima defensa, será responsable de los gastos médicos y otros perjuicios.

  • Difamación e injurias: Si alguien difunde información falsa sobre otra persona con la intención de dañar su reputación, puede ser responsable por el daño moral causado.

  • Daños causados por animales: Si el perro de una persona muerde a alguien en la calle, el dueño del perro será responsable por los daños, aunque no haya tenido culpa directa en el hecho.

  • Caída en la vía pública: Si una persona se tropieza y cae en la calle debido a un desperfecto en la vereda, la municipalidad podría ser responsable por los daños causados.

Conclusión

La responsabilidad extracontractual es un mecanismo fundamental para la protección de las personas y sus bienes en Chile. Permite que las víctimas de daños causados por la culpa o negligencia de otros puedan obtener una reparación justa por el perjuicio sufrido. Es importante conocer los requisitos y características de esta responsabilidad para poder ejercer nuestros derechos y cumplir con nuestras obligaciones como ciudadanos.

El plazo que establece la ley para iniciar acciones judiciales por responsabilidad extracontractual es de cuatro años, tiempo que se cuenta desde que se realizó el acto que generó el daño 11.

La responsabilidad extracontractual juega un papel crucial en la convivencia social, promoviendo la justicia y la equidad al asegurar que quienes causan daño a otros asuman las consecuencias de sus actos.


Tabla Resumen

Concepto

Descripción

Artículos del Código Civil

Doctrina

Responsabilidad extracontractual

Obligación de reparar el daño causado a otro sin que exista un contrato previo.

Artículo 2314

Se basa en el deber general de no dañar a otros.

Delito civil

Hecho ilícito realizado con dolo (intención de dañar).

Artículo 2284


Cuasidelito civil

Hecho ilícito culpable cometido sin la intención de dañar.

Artículo 2284


Daño emergente

Pérdida o menoscabo del patrimonio de la víctima.

Artículo 1556


Lucro cesante

Utilidad que la víctima deja de percibir a causa del daño.

Artículo 1556


Culpa

Falta de la diligencia o cuidado que los hombres prudentes emplean ordinariamente en sus actos.

Artículo 2329


Relación de causalidad

Nexo causal entre la acción u omisión del responsable y el daño causado.



Capacidad

Aptitud para comprender la ilicitud de la conducta y dirigir las acciones.

Artículo 2319


Caso fortuito o fuerza mayor

Evento imprevisible e irresistible que exime de responsabilidad.



Estado de necesidad

Situación que justifica causar un daño para evitar uno mayor.



Legítima defensa

Derecho a repeler una agresión ilegítima.



Abuso de derecho

Ejercicio de un derecho de manera excesiva o con mala fe.


Doctrina de Saleilles, Geny y Josserand.

Responsabilidad por hechos ajenos

Obligación de responder por los daños causados por personas que están bajo el cuidado o dependencia del responsable.

Artículo 2320


Responsabilidad precontractual

Deber de actuar de buena fe durante las negociaciones previas a la celebración de un contrato.



Fuentes citadas

1. La responsabilidad extracontractual y el abuso del derecho - Repositorio UNAB, acceso: marzo 3, 2025, https://repositorio.unab.cl/items/a34ec58d-65fe-475d-b5b2-2fac1643401e

4. Responsabilidad civil extracontractual: Doctrinas derivadas del resultado daños del tabaco - BCN, acceso: marzo 3, 2025, https://obtienearchivo.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/20347/5/Informe_%20Responsabilidad%20civil%20Tabacaleras_v5.pdf

7. Responsabilidad Extracontractual - U-Cursos, acceso: marzo 3, 2025, https://www.u-cursos.cl/derecho/2006/2/D122A0520/2/material_docente/bajar?id_material=104564

8. Algunos aspectos acerca de las nuevas tendencias sobre la responsabilidad civil - extracontractual, acceso: marzo 3, 2025, https://derecho.udd.cl/actualidad-juridica/files/2021/01/AJ-Num-2-P277.pdf

9. Responsabilidad civil extracontractual: Doctrinas derivadas del resultado daños del tabaco - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, acceso: marzo 3, 2025, https://www.bcn.cl/obtienearchivo?id=repositorio/10221/20347/5/Informe_%20Responsabilidad%20civil%20Tabacaleras_v5.pdf

10. Responsabilidad Extracontractual – Juan Andrés Orrego Acuña 1 DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN GENERAL Y DE LA RESPONSABILIDA, acceso: marzo 3, 2025, https://www.juanandresorrego.cl/assets/pdf/apu/ap_9/Responsabilidad%20Extracontractual.pdf

11. Asesoría jurídica para demandar indemnización de ... - ChileAtiende, acceso: marzo 3, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/76323-asesoria-juridica-para-demandar-indemnizacion-de-perjuicios-por-responsabilidad-extracontractual


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