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Derecho de Alimentos y la Obligación de los Abuelos.

Foto del escritor: Elizabeth SanchezElizabeth Sanchez





El derecho de alimentos es un tema crucial en el derecho de familia chileno, especialmente en un contexto social donde las estructuras familiares han experimentado cambios significativos . En este artículo, analizaremos en detalle el derecho de alimentos en Chile, con especial énfasis en la obligación de los abuelos de proporcionar alimentos a sus nietos. Se examinará la definición legal, la jurisprudencia relevante, los requisitos y procedimientos para solicitar este derecho, así como el análisis legal y académico en torno a esta temática. Es importante destacar que los casos de derecho de alimentos representan una parte importante de los casos que se ven en los tribunales de familia en Chile , lo que subraya la relevancia de este tema.

El Derecho de Alimentos en Chile

El derecho de alimentos se define como el derecho que la ley otorga a una persona para exigir de otra, que posea los medios para ello, lo necesario para su subsistencia de acuerdo con su posición social . Este derecho se encuentra regulado en el Código Civil y en la Ley N° 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias .

En Chile, los alimentos se clasifican en:

  • Forzosos o legales: Son aquellos que están regulados por ley, principalmente en el Código Civil (artículos 321 a 337) y en la Ley N° 14.908 .

  • Voluntarios: Son aquellos que se otorgan sin que exista una obligación legal, por ejemplo, por un acuerdo entre las partes o por un testamento .

Es importante destacar que la madre puede solicitar alimentos para el hijo que está por nacer, aplicándose las mismas reglas que para los menores de edad .

Características del Derecho de Alimentos

El derecho de alimentos en Chile se caracteriza por ser:

  • Irrenunciable: No se puede renunciar al derecho a pedir alimentos. Esto se justifica porque se encuentra comprometida la existencia misma de la persona que los necesita .

  • Imprescriptible: No se pierde la posibilidad de pedir alimentos por el paso del tiempo .

  • Intransferible: No se puede vender, ceder ni enajenar de ninguna forma .

  • Recíproco: La persona obligada a pagar alimentos puede, a su vez, tener derecho a pedirlos si cambian sus circunstancias económicas. Esto refleja la naturaleza dinámica de las relaciones familiares y las situaciones económicas .

  • Un derecho-deber: Tiene un carácter asistencial básico con consecuencias patrimoniales .

Obligados a Proporcionar Alimentos

El Código Civil establece quiénes están obligados a proporcionar alimentos:

  • Al cónyuge .

  • A los descendientes .

  • A los ascendientes .

  • A los hermanos .

  • Al que hizo una donación cuantiosa, si no hubiese sido revocada .

En este contexto, es importante mencionar la "Norma de la Reciprocidad": si una persona tiene derecho a reclamar alimentos a otra, está también obligada a proporcionárselos si esta última los necesitara. Sin embargo, esta regla tiene excepciones, como en el caso de hijos cuya filiación fue determinada judicialmente contra la oposición del padre o madre .

Extensión de la Obligación Alimentaria

La obligación de alimentos comprende la satisfacción de las necesidades básicas del alimentario, incluyendo:

  • Sustento .

  • Habitación .

  • Vestido .

  • Salud .

  • Educación básica y media .

  • Enseñanza de alguna profesión u oficio (en ciertos casos) .

Los hijos e hijas son beneficiarios del derecho de alimentos hasta que cumplan 21 años. Sin embargo, este plazo se extiende hasta los 28 años si se encuentran estudiando una profesión u oficio, o si tienen alguna incapacidad que les impida subsistir por sí mismos .

La Obligación de los Abuelos

La obligación de los abuelos de proporcionar alimentos a sus nietos se encuentra regulada en el artículo 232 del Código Civil y en el artículo 3° de la Ley N° 14.908. Es importante destacar que esta obligación no es automática y requiere que se demande a los abuelos ante un tribunal . Además, la pensión de alimentos se calcula en función de la capacidad económica de cada abuelo y de las necesidades del menor, no se trata simplemente de traspasar la pensión de los padres a los abuelos .

Causales de la Obligación

Causal

Descripción

Falta de ambos padres

Cuando ambos padres fallecen, se encuentran ausentes o están imposibilitados de proveer alimentos.

Insuficiencia de ambos padres

Cuando los ingresos de ambos padres no son suficientes para cubrir las necesidades del niño.

Incumplimiento de uno de los padres

Cuando uno de los padres no cumple con el pago de la pensión alimenticia, se puede demandar a los abuelos de la línea del padre o madre incumplidor.

Insuficiencia de uno de los padres

Cuando uno de los padres no puede cubrir las necesidades del niño, se puede demandar a los abuelos de la línea del padre o madre que no provee.

Imposibilidad de pago del padre o madre

Cuando el padre o madre no puede pagar por enfermedad, privación de libertad, fallecimiento u otras situaciones.

Es importante tener en cuenta que la obligación de los abuelos de pagar alimentos a sus nietos puede no proceder si su única fuente de ingresos es una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia .

Naturaleza Jurídica de la Obligación

La obligación de los abuelos es:

  • Legal: Se origina en la ley .

  • Subsidiaria: Solo se activa cuando los padres no pueden cumplir con su obligación .

  • Simplemente conjunta: Cada abuelo debe contribuir con una parte proporcional a su capacidad económica .

Requisitos para Solicitar Alimentos a los Abuelos

Para solicitar alimentos a los abuelos, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Existencia de una pensión alimenticia previa: Debe existir una pensión de alimentos fijada por un tribunal a cargo del padre o madre que no vive con el niño .

  • Incumplimiento o insuficiencia de la pensión: El padre o la madre no paga la pensión o el monto es insuficiente para cubrir las necesidades del niño .

  • Capacidad económica de los abuelos: Los abuelos deben tener los medios económicos para proporcionar alimentos, lo cual debe ser probado en el juicio .

  • Reconocimiento de los hijos: Los hijos que solicitan alimentos deben estar reconocidos por sus padres .

Procedimiento para Solicitar Alimentos a los Abuelos

El procedimiento para solicitar alimentos a los abuelos es similar al procedimiento general para solicitar alimentos:

  1. Mediación familiar: Es obligatorio intentar un proceso de mediación familiar con los abuelos para llegar a un acuerdo sobre el monto y la forma de pago .

  2. Demanda judicial: Si no se llega a un acuerdo en la mediación, se debe presentar una demanda ante el Juzgado de Familia, para lo cual se requiere un "Certificado de Mediación Frustrada" .

  3. Sentencia judicial: El juez evaluará la situación y determinará si corresponde que los abuelos paguen una pensión de alimentos y, en caso afirmativo, fijará el monto .

Derechos de los Abuelos

Es importante mencionar que los abuelos también tienen derechos en relación con sus nietos. Por ejemplo, pueden demandar el cuidado personal (tuición) de sus nietos en caso de inhabilidad física o moral del padre y la madre. Asimismo, pueden demandar que se regule un sistema de relación directa y regular con sus nietos (visitas) .


Procedimiento Especial de Cobro de Pensiones de Alimentos

Existe un "Procedimiento Especial" para el cobro de pensiones de alimentos que permite solicitar la retención de fondos que la persona deudora tenga en sus cuentas bancarias o en instrumentos financieros de inversión, incluyendo fondos de pensiones . Este procedimiento se activa cuando existe al menos una mensualidad impaga y busca asegurar el pago de la pensión alimenticia a través de la intervención directa en el patrimonio del deudor.


Análisis Legal y Académico

El derecho de alimentos y la obligación de los abuelos han sido objeto de análisis legal y académico. Algunos puntos relevantes son:

  • Protección del interés superior del niño: Se destaca la importancia de proteger el interés superior del niño, garantizando su derecho a recibir alimentos, incluso cuando sus padres no pueden proporcionárselos .

  • Vulnerabilidad de los abuelos: Se ha planteado la necesidad de considerar la situación de vulnerabilidad de algunos abuelos, especialmente aquellos que solo cuentan con una pensión de vejez como ingreso .

  • Equilibrio entre las necesidades del niño y la capacidad de los abuelos: Se busca un equilibrio entre la necesidad de garantizar el derecho del niño a recibir alimentos y la capacidad económica de los abuelos para proporcionarlos . El fundamento de la obligación alimenticia se basa en la solidaridad familiar y en el interés superior del niño , buscando asegurar el bienestar de los menores en un contexto familiar complejo.

Conclusiones

El derecho de alimentos en Chile es una herramienta fundamental para garantizar la subsistencia de las personas que no pueden proveer por sí mismas. La obligación de los abuelos de proporcionar alimentos a sus nietos es una medida excepcional que se activa cuando los padres no pueden cumplir con su obligación. Esta obligación, si bien está arraigada en la solidaridad familiar, debe ser evaluada cuidadosamente en cada caso, considerando tanto las necesidades del niño como la capacidad económica de los abuelos.

La jurisprudencia, el análisis legal y académico han contribuido a una mejor comprensión de esta figura, buscando un equilibrio entre la protección del interés superior del niño y la situación de los abuelos. En este sentido, se ha avanzado en la definición de las causales que activan la obligación de los abuelos, los requisitos para solicitarla y los procedimientos para hacerla efectiva. Sin embargo, aún existen desafíos en la aplicación de esta normativa, como la necesidad de asegurar la protección de los abuelos en situación de vulnerabilidad y la búsqueda de mecanismos más eficientes para el cobro de las pensiones alimenticias. El "Procedimiento Especial" de cobro de pensiones de alimentos representa un avance en este sentido, pero es necesario seguir explorando nuevas soluciones que permitan garantizar el derecho de los niños a recibir alimentos de manera oportuna y efectiva.


Fuentes citadas

1. Régimen de Alimentos, Cuidado personal y Relación directa y regular - Academia Judicial, https://academiajudicial.cl/wp-content/uploads/2021/10/13_Regimen-de-alimentos_Pub.-14.pdf






5. Ley 19741 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, https://nuevo.leychile.cl/navegar?idNorma=187930


6. Pensión de alimentos en Chile - DerechoPedia, https://derechopedia.cl/Pensi%C3%B3n_de_alimentos_en_Chile


7. Alimentos - Corporación de Asistencia Judicial, https://www.cajmetro.cl/faq/familia/alimentos/


8. ¿Se puede obligar a los abuelos a pagar la pensión de alimentos? - Juriscentrum, https://juriscentrum.com/blog/se-puede-obligar-a-los-abuelos-a-pagar-la-pension-de-alimentos/


9. ¿Se puede demandar a los abuelos por pensión de alimentos? | TA - Total Abogados, https://blogs.totalabogados.cl/los-abuelos-estan-obligados-a-pagar-pension-de-alimentos


10. INTERPRETACIÓN JURISPRUDENCIAL DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA DE LOS ABUELOS. - Revistas UV - Universidad de Valparaíso, https://rcs.uv.cl/index.php/rcs/article/download/2290/2253/8099


11. ABUELOS OBLIGADOS A PAGAR ALIMENTOS - Abogadas Chile, https://www.abogadaschile.com/post/abuelos-obligados-a-pagar-alimentos





15. ley de Pensión de Alimentos – MinMujeryEG - Ministerio de la Mujer, https://minmujeryeg.gob.cl/?page_id=48341




18. Universidad de Chile Facultad de Derecho Departamento de Derecho Privado LA OBLIGACION ALIMENTICIA DE LOS ABUELOS. ESTUDIO JURIS, https://repositorio.uchile.cl/bitstream/handle/2250/170476/La-obligaci%C3%B3n-alimenticia-de-los-abuelos.pdf 

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