
¿Qué es una "funa" en redes sociales?
En el contexto chileno, la "funa" se refiere a un acto de denuncia pública que busca desacreditar a una persona o entidad, exponiéndola al escarnio público a través de redes sociales u otros medios1. Su origen se encuentra en la palabra mapudungún "funa", que significa "podrido" o "descompuesto"2. Aunque inicialmente se utilizaba para denunciar actos de represión, hoy en día se emplea para visibilizar una amplia gama de situaciones consideradas reprochables, desde casos de abuso o discriminación hasta malas prácticas empresariales3. Cabe destacar que la "funa" tiene similitudes con el "escrache", un tipo de manifestación que se utiliza en Argentina y Uruguay con fines de denuncia pública3.
Las "funas" se caracterizan por su rápida propagación en redes sociales, lo que puede generar un gran impacto en la reputación e imagen pública del afectado4. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este tipo de denuncias públicas puede tener implicancias legales, especialmente si la información difundida es falsa o no está debidamente respaldada.
Origen sociológico de la "funa"
Desde una perspectiva sociológica, la "funa" se origina en la necesidad de visibilizar injusticias y denunciar a quienes las cometen, especialmente en contextos donde los canales institucionales no son efectivos o no generan confianza5. La masificación de las redes sociales ha facilitado la propagación de estas denuncias, permitiendo que un mayor número de personas se involucre en la condena pública.
Implicancias legales de la "funa" en Chile
Si bien el ordenamiento jurídico chileno no regula explícitamente la "funa", existen diversas normas que protegen los derechos que pueden verse afectados por este tipo de prácticas6. Es importante destacar la tensión que existe entre la libertad de expresión y el derecho a la honra en el contexto de las "funas"7. Si bien la libertad de expresión es un derecho fundamental, no es absoluto y debe ejercerse con responsabilidad, evitando dañar la honra y la dignidad de las personas. Por otro lado, el derecho a la honra también debe ser protegido, especialmente cuando se ve afectado por denuncias públicas sin fundamento o con información falsa.
Derecho a la honra y la vida privada
El núcleo esencial del derecho a la honra consiste en el derecho que tiene toda persona de ser respetable ante sí mismo y ante los demás, y se construye con la verdad e integridad personal y el cumplimiento de sus obligaciones familiares y sociales, como asimismo en el respeto del orden jurídico vigente7. La Constitución Política de Chile, en su Artículo 19 N°4, consagra el derecho al respeto a la vida privada y a la honra de la persona y su familia. Este derecho también se extiende a la reputación de las empresas6. La Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada también es relevante en este contexto, ya que establece normas para la protección de datos personales y la inviolabilidad de la vida privada8.
Libertad de expresión y sus límites
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Art. 11) protege el derecho a la honra y la dignidad, aplicable tanto a personas naturales como jurídicas, mientras que la Declaración Universal de los Derechos Humanos (Art. 12) garantiza la protección contra ataques arbitrarios a la reputación6. Sin embargo, las cortes chilenas han señalado que las "funas" pueden constituir un incorrecto ejercicio del derecho a la libertad de emitir opinión. Según la Corte Suprema: "..."6.
El recurso de protección como herramienta de defensa
El recurso de protección es una acción constitucional que busca proteger los derechos fundamentales de las personas cuando han sido vulnerados por actos u omisiones arbitrarios o ilegales9. Este recurso se interpone ante la Corte de Apelaciones y puede ser presentado por cualquier persona que se vea afectada o amenazada en el ejercicio de sus derechos constitucionales10.
En el caso de las "funas", el recurso de protección puede ser utilizado para solicitar la eliminación de publicaciones difamatorias o injuriosas en redes sociales, así como para obtener medidas que protejan la honra y la reputación del afectado6. Para que el recurso sea acogido, es necesario demostrar que la "funa" ha vulnerado un derecho fundamental, como el derecho a la honra, la vida privada o la propia imagen11.
Si bien el recurso de protección puede ser una herramienta útil, es importante tener en cuenta sus limitaciones11. En algunos casos, la rapidez con la que se propaga la información en redes sociales puede dificultar la protección efectiva de los derechos. Además, el recurso de protección no siempre es la vía más adecuada para obtener una reparación integral por los daños causados por una "funa".
Además, es importante destacar que la Corte de Apelaciones puede decretar medidas cautelares, llamada "orden de no innovar", con el fin de salvaguardar la situación existente hasta la resolución final del recurso de protección12. Es posible apelar la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones que acoge o rechaza el recurso de protección ante la Corte Suprema, dentro del plazo de 5 días fatales, contados desde la notificación por el Estado diario de la sentencia que falla la acción13.
Jurisprudencia relevante sobre "funas" y recurso de protección
La jurisprudencia chilena ha abordado en diversas ocasiones la relación entre las "funas" en redes sociales y el recurso de protección. A continuación, se presenta una tabla con algunos ejemplos relevantes:
Tribunal | Fecha | Caso | Decisión |
Corte de Apelaciones de Iquique | 16 de febrero de 2023 | Funa de funcionaria acusada de maltrato animal | Recurso de protección acogido |
Corte Suprema | Enero de 2021 | Diversos casos de "funas" | Criterios para la protección de la honra, señalando que la libertad de expresión es un derecho que tiene límites y que estos actos vulneran el derecho a la honra, ordenando eliminar el contenido difamatorio de las redes sociales14. |
Corte Suprema | Junio de 2021 | Funa a través de redes sociales | Sentencia confirmada, recurso de protección acogido |
Estos casos demuestran que el recurso de protección puede ser una herramienta efectiva para protegerse de las "funas" en redes sociales, siempre que se demuestre la vulneración de un derecho fundamental15. La Corte Suprema ha establecido criterios para determinar si una "funa" vulnera el derecho a la honra, considerando la importancia del derecho a la propia imagen y la distinción entre la libertad de opinión y la libertad de información.
Recomendaciones para evitar ser víctima de una "funa"
Si bien es imposible evitar por completo el riesgo de ser víctima de una "funa", existen algunas recomendaciones que pueden ayudar a minimizarlo:
Ser responsable en el uso de redes sociales: Evitar publicar contenido ofensivo, difamatorio o que pueda dañar la reputación de otras personas. Por ejemplo, compartir información sin verificar su veracidad puede tener consecuencias negativas, incluso si no se tiene la intención de dañar a alguien.
Respetar la privacidad de los demás: No difundir información personal o imágenes sin consentimiento.
Actuar con prudencia en situaciones de conflicto: Privilegiar el diálogo y la resolución pacífica de controversias. Los comentarios realizados en el calor de una discusión pueden ser considerados ofensivos y dar lugar a una "funa".
En caso de ser víctima de una "funa": Reunir pruebas de las publicaciones, buscar apoyo legal y considerar la interposición de un recurso de protección.
Conclusiones
La "funa" en redes sociales es un fenómeno complejo que plantea desafíos para el derecho a la libertad de expresión y la protección de la honra. Si bien puede ser una herramienta para visibilizar injusticias, es fundamental ejercerla con responsabilidad y respetando los derechos de los demás. En caso de ser víctima de una "funa" que vulnere sus derechos fundamentales, el recurso de protección se presenta como una vía legal para obtener protección y reparación.
Si usted ha sido víctima de una "funa" o tiene dudas sobre sus derechos en redes sociales, no dude en contactarnos para obtener asesoría legal especializada.
Fuentes citadas
1. ciencialatina.org, acceso: febrero 22, 2025, https://ciencialatina.org/index.php/cienciala/article/view/432/541#:~:text=Se%20usa%20en%20la%20actualidad,forma%20(Colina%2C%202021).
2. "Funar" por las redes sociales no es un derecho ni una denuncia, es un delito., acceso: febrero 22, 2025, https://www.diarioconstitucional.cl/articulos/funar-por-las-redes-sociales-no-es-un-derecho-ni-una-denuncia-es-un-delito/
3. Funa - Wikipedia, la enciclopedia libre, acceso: febrero 22, 2025, https://es.wikipedia.org/wiki/Funa
4. Funas en Redes Sociales: Cómo Afrontar Situaciones Delicadas - Equipo Defensa, acceso: febrero 22, 2025, https://equipodefensa.com/blog/defensa-civil/funas-en-redes-sociales-afrontando-situaciones-delicadas-en-linea/
5. La Funa y sus consecuencias Juridicas: una perspectiva del derecho Penal - Repositorio UV - Universidad de Valparaíso, acceso: febrero 22, 2025, https://repositoriobibliotecas.uv.cl/bitstream/handle/uvscl/9365/TesinaJimenez%20y%20Sepulveda.pdf?sequence=1
6. Recursos de Protección por “Funas” en Redes Sociales: ¿Qué pueden hacer las empresas afectadas en Chile? - G&R Abogados, acceso: febrero 22, 2025, https://www.gyrabogados.cl/2024/11/18/recursos-de-proteccion-por-funas-en-redes-sociales-que-pueden-hacer-las-empresas-afectadas-en-chile/
7. FUNAS: ¿CONFLICTO DE DERECHOS ENTRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL DERECHO A LA HONRA? (SCS ROL 58.531 – 2020), acceso: febrero 22, 2025, https://lyd.org/wp-content/uploads/2022/10/Libro_Sentencias-Destacadas-2020_FINAL_Capitulo9-1.pdf
8. Redes sociales, funas, honor y libertad de expresión: análisis crítico de los estándares de la jurisprudencia de la Corte Suprema chilena | Derecho PUCP, acceso: febrero 22, 2025, https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/23674
9. dpej.rae.es, acceso: febrero 22, 2025, https://dpej.rae.es/lema/recurso-de-protecci%C3%B3n#:~:text=Const.%3B%20Chile%20Recurso%20que%20puede,el%20imperio%20del%20derecho%20y
10. Recurso de protección, acceso: febrero 22, 2025, https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/recurso-de-proteccion
11. Redes sociales, funas, honor y libertad de expresión: análisis crítico de los estándares de la jurisprudencia de la Corte Suprema chilena - Redalyc, acceso: febrero 22, 2025, https://www.redalyc.org/journal/5336/533671979010/html/
12. Guía para interponer un recurso de protección en Chile - Poder Ambiental, acceso: febrero 22, 2025, https://consultas.poderambiental.cl/article/77-guia-para-interponer-un-recurso-de-proteccion-en-chile
13. Recurso de Protección - Wolfenson Abogados, acceso: febrero 22, 2025, https://www.wolfenson.cl/recurso-de-proteccion
14. La Suprema fija su criterio ante las funas - La Tercera, acceso: febrero 22, 2025, https://www.latercera.com/nacional/noticia/la-suprema-fija-su-criterio-ante-las-funas/YE6GQVYP2NGF5ECTUBAYNNOVH4/
15. Redes sociales, funas, honor y libertad de expresión: análisis crítico de los estándares de la jurisprudencia de la Corte Suprema chilena, acceso: febrero 22, 2025, http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0251-34202021000200345
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