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Fallecimiento de una persona y repartición de los bienes entre cónyuge e hijos

  • Foto del escritor: Mario E. Aguila
    Mario E. Aguila
  • hace 3 días
  • 3 Min. de lectura

Cuando una persona fallece sin dejar testamento (sucesión intestada), la ley establece reglas matemáticas para repartir sus propiedades y bienes entre sus familiares más cercanos. A continuación, se explica de manera sencilla cómo funciona esto, dependiendo del régimen en que se casaron y de los familiares que sobrevivan.


1. ¿Qué pasa con las propiedades según el régimen de matrimonio?


A) Si estaban casados en sociedad conyugal: En este régimen, se entiende que lo que se compró durante el matrimonio es de ambos. Al fallecer uno de los esposos, esta sociedad se termina. El cónyuge que queda vivo es dueño automático de la mitad (50%) de esos bienes, lo que se conoce como sus gananciales. Ese 50% es suyo por derecho propio y no forma parte de la herencia. El otro 50%, que pertenecía a la persona que falleció, es lo que constituye la herencia real que se va a repartir entre el cónyuge sobreviviente y los hijos.


B) Si estaban casados con separación de bienes: En este caso, lo que es de cada uno se mantiene totalmente separado. Si la persona que falleció tenía propiedades a su nombre, el 100% de esas propiedades pasa a ser la herencia. El cónyuge que queda vivo no retira una mitad previa como en el caso anterior, sino que entra directamente a recibir su porcentaje como heredero sobre el total de las cosas que dejó el difunto.


2. ¿Cómo se divide la herencia en la teoría? (Las cuartas)

Para entender cómo funciona el sistema, imagina que la herencia completa (el 100%) se divide en cuatro partes exactamente iguales.

  • Dos cuartas partes (es decir, la mitad de todo): Están reservadas obligatoriamente por la ley para los familiares más directos, que en este caso son el cónyuge y los hijos.

  • La cuarta de mejoras: Es una cuarta parte que la persona, si hubiera hecho un testamento, podría haber usado exclusivamente para beneficiar o darle un extra a su cónyuge o a alguno de sus hijos, nietos o padres.

  • La cuarta de libre disposición: Es la última cuarta parte. La persona es libre de dejársela en un testamento a quien quiera, como un amigo o una institución de caridad.

Como en este ejemplo estamos hablando de una persona que murió sin hacer testamento, significa que nunca usó la cuarta de mejoras ni la cuarta de libre disposición. Por lo tanto, la ley ordena que esas dos cuartas sobrantes se sumen a la parte principal de la familia. El resultado práctico es que el 100% de la herencia se reparte de forma íntegra entre el cónyuge y los hijos.


3.- ¿Cómo se reparte concretamente la herencia?

Si estaban casados en sociedad conyugal, el cónyuge sobreviviente ya llevó el 50% de los bienes, por concepto de gananciales. El otro 50% es la herencia y se reparte como se indica a continuación.

Si estaban casados con separación de bienes, todos los bienes se reparten como se indica a continuación.


3.1. Hipótesis 1: Sobrevive el cónyuge y un solo hijo

Cuando la familia está compuesta únicamente por el cónyuge viudo y un solo hijo, la regla de la ley es directa: la herencia se divide en partes iguales entre los dos.

  • El cónyuge recibe: La mitad de la herencia, es decir, el 50%.

  • El hijo recibe: La otra mitad de la herencia, es decir, el 50%.



3.2. Hipótesis 2: Sobrevive el cónyuge y dos hijos

Cuando existen dos hijos, la ley establece una regla especial para proteger al viudo o viuda: el cónyuge debe recibir el doble de lo que le toque a cada hijo. Para lograr esta matemática, el total de la herencia se divide en cuatro partes.

  • El cónyuge recibe: Dos partes de esas cuatro. Esto equivale al 50% del total de la herencia.

  • El primer hijo recibe: Una parte. Esto equivale al 25% de la herencia.

  • El segundo hijo recibe: Una parte. Esto equivale al 25% de la herencia.

De esta manera, se cumple exactamente la instrucción de la ley: el cónyuge, al llevarse el 50%, está recibiendo el doble de lo que se lleva cada uno de sus dos hijos (25% cada uno).


Análisis desarrollado por nuestro estudio, potenciado por múltiples herramientas de iA de nivel profesional.

Aguila & Cía. Abogados en Puerto Montt - Concepción 120, piso 8, Puerto Montt

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