top of page

Disputas con Servicios Electricidad, Agua y Gas en Chile

  • Foto del escritor: Mario E. Aguila
    Mario E. Aguila
  • hace 4 días
  • 27 Min. de lectura

Después de esta infografía, desarrollo a fondo del tema



Introducción



Contexto y Significación


Los servicios básicos de electricidad, agua potable y gas de red constituyen pilares fundamentales para el bienestar y desarrollo de los hogares en Chile. Su provisión continua y de calidad no es un lujo, sino una necesidad esencial que impacta directamente en la vida diaria, la salud y la seguridad de la población. Sin embargo, las disputas con los proveedores de estos servicios representan el segundo problema más prevalente para los consumidores chilenos, abarcando un 29.4% de las controversias y siendo percibidas con una alta severidad. Esta situación subraya la necesidad imperante de que los usuarios conozcan a cabalidad sus derechos y los mecanismos disponibles para su defensa.


La Tríada Regulatoria y de Protección


Para navegar eficazmente estas disputas, es crucial comprender la arquitectura institucional que gobierna estos sectores. El sistema chileno se estructura en torno a una tríada de actores con roles definidos y complementarios:

  1. Proveedores de Servicios: Empresas, tanto públicas como privadas, que operan bajo concesión para suministrar electricidad, agua y saneamiento, o gas de red. Son el primer punto de contacto para cualquier problema.

  2. Reguladores Sectoriales: Entidades técnicas con potestad fiscalizadora y sancionatoria. La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) supervisa los mercados de electricidad y gas 1, mientras que laSuperintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) se encarga del sector de agua potable y alcantarillado.3 Su función es velar por el cumplimiento de las normativas técnicas, de seguridad y de calidad específicas de cada sector.

  3. Agencia General de Protección al Consumidor: El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) actúa como el organismo transversal de protección, amparado por la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.4 Su rol abarca la mediación, la educación, la fiscalización de prácticas comerciales y la representación del interés colectivo de los consumidores.


Objetivos y Estructura del Informe


Este informe tiene como objetivo principal empoderar a los consumidores, proporcionando una guía exhaustiva y detallada sobre sus derechos y los procedimientos para resolver conflictos con proveedores de servicios básicos. Se busca desmitificar los marcos legales y ofrecer herramientas prácticas para una defensa efectiva.

El documento se estructura de la siguiente manera:

  • Parte I: Analiza el marco general de protección al consumidor, detallando el rol del SERNAC, los derechos fundamentales consagrados en la Ley del Consumidor y la interacción entre esta y las regulaciones sectoriales.

  • Parte II, III y IV: Se dedican a un análisis específico y profundo de los sectores de electricidad, agua y gas, respectivamente. Cada parte detalla el marco regulatorio, los derechos específicos del usuario, las causas más comunes de reclamo y un procedimiento de reclamación paso a paso.

  • Parte V: Ofrece una guía práctica consolidada, con una tabla comparativa de los procesos de reclamo, consejos para construir un caso sólido, una explicación sobre las compensaciones y un directorio de contactos clave.

  • Conclusión: Sintetiza los hallazgos y refuerza las recomendaciones estratégicas para el consumidor.


Parte I: El Marco General de Protección al Consumidor



1.1. El Rol del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)


El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) es la institución del Estado encargada de velar por el cumplimiento de la normativa de protección de los derechos de los consumidores.4 Si bien los servicios básicos cuentan con reguladores sectoriales específicos, SERNAC desempeña un papel crucial y complementario.


Mandato y Facultades


La Ley N° 19.496, y sus posteriores modificaciones como la Ley N° 21.081, han fortalecido las facultades del SERNAC, otorgándole la capacidad de fiscalizar, interpretar administrativamente la normativa, proponer modificaciones legales, citar a declarar a representantes de empresas y, fundamentalmente, proteger el interés colectivo o difuso de los consumidores.4 Durante el año 2023, el SERNAC recibió un total de 593,744 reclamos a nivel nacional, demostrando su rol central como canalizador de las insatisfacciones ciudadanas.6


Limitaciones y Coordinación en Mercados Regulados


En mercados regulados como la electricidad, el gas y los servicios sanitarios, la competencia del SERNAC coexiste con la de las superintendencias sectoriales (SEC y SISS). En la práctica, esto se traduce en una necesaria coordinación. Frecuentemente, ante problemas de naturaleza técnica (como calidad del voltaje o presión del agua) o incumplimientos de normativas específicas del sector, SERNAC deriva el caso a la superintendencia correspondiente o actúa en conjunto con ella.7 Por ejemplo, en casos de cortes de suministro eléctrico o de agua, es común que SERNAC oficie a las empresas solicitando información sobre las causas y las medidas de mitigación, mientras se coordina con la SEC o la SISS para obtener los antecedentes técnicos que fundamenten posibles compensaciones.8 Existe un convenio formal entre SERNAC y la SISS para derivar reclamos que, tras la mediación del SERNAC, no obtienen una solución satisfactoria y son de competencia de la superintendencia.11


Acciones Colectivas: La Herramienta de Mayor Impacto


Una de las facultades más potentes del SERNAC es la de iniciar acciones en defensa del interés colectivo de los consumidores. Esto se materializa a través de dos mecanismos principales:

  • Procedimientos Voluntarios Colectivos (PVC): Instancia extrajudicial donde SERNAC media entre la empresa y los consumidores afectados para buscar una solución compensatoria rápida y eficiente.12 Ejemplos de esto son los PVC iniciados contra empresas eléctricas por cortes de luz masivos.13

  • Demandas Colectivas (Juicios Colectivos): Cuando no se logra un acuerdo a través de un PVC o la infracción es de alta gravedad, SERNAC puede presentar una demanda colectiva ante los tribunales de justicia. Estas acciones buscan no solo la indemnización de los perjuicios para todos los consumidores afectados, sino también la aplicación de multas a la empresa infractora.10 En 2023, SERNAC interpuso 9 demandas colectivas y cerró otras, logrando compensaciones por más de $3,400 millones para casi 350,000 personas.6


1.2. La Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (Ley N° 19.496)


La Ley del Consumidor (LPC) establece un conjunto de derechos básicos que son irrenunciables y que se aplican a las relaciones de consumo con proveedores de servicios básicos, complementando la regulación sectorial.15


Derechos Fundamentales del Consumidor de Servicios Básicos


  • Derecho a un servicio de calidad y seguro: Las empresas deben entregar un servicio que cumpla con los estándares de calidad y no represente riesgos para la seguridad de los usuarios.17

  • Derecho a la información veraz y oportuna: Los consumidores tienen derecho a recibir información clara, completa y oportuna sobre las condiciones de contratación, precios, tarifas y cualquier modificación que les afecte.15 La publicidad engañosa y la "letra chica" en los contratos están prohibidas.5

  • Derecho a no ser discriminado arbitrariamente: Las empresas no pueden negar injustificadamente la prestación de sus servicios ni establecer diferencias arbitrarias entre consumidores.15

  • Derecho a la reparación e indemnización: Si el servicio es deficiente o se interrumpe injustificadamente, el consumidor tiene derecho a ser reparado o indemnizado por todos los daños sufridos. Esto incluye tanto los daños directos (ej. costo del servicio no prestado) como los consecuenciales (ej. electrodomésticos dañados).19

  • Derecho a la garantía legal: Aunque más asociado a productos, el principio de garantía se extiende a la calidad del servicio prestado.15

  • Derecho a terminar el contrato: Los consumidores tienen derecho a poner fin a sus contratos de servicio, sujeto a las condiciones pactadas y a la normativa vigente.15

  • Derecho al retracto en contrataciones a distancia: En contrataciones electrónicas o telefónicas, los consumidores tienen derecho a retractarse del contrato en un plazo determinado.15

La "Ley Pro Consumidor" (Ley N° 21.398) del año 2021 vino a reforzar varias de estas disposiciones, destacando la ampliación del plazo de prescripción para que los consumidores puedan ejercer sus derechos y denunciar infracciones, que pasó de 6 meses a 2 años desde que cesó la infracción.5


1.3. La Interacción de los Organismos Reguladores: Un Sistema de Doble Vía


Una de las principales fuentes de confusión para los consumidores es determinar a qué organismo acudir. La coexistencia de SERNAC con las superintendencias sectoriales (SEC y SISS) crea un sistema de protección de "doble vía" que, si bien es robusto, requiere ser comprendido para ser utilizado eficazmente.

La elección de la vía de reclamación depende fundamentalmente de la naturaleza del problema.

  • Vía Sectorial (SEC/SISS): Es la más adecuada para problemas de carácter técnico, de seguridad o que impliquen un incumplimiento directo de la normativa específica del sector. Por ejemplo:

  • SEC: Reclamos por variaciones de voltaje, calidad técnica del suministro eléctrico, seguridad de las instalaciones de gas, o interrupciones del servicio cuya causa es una falla técnica en la red.2

  • SISS: Reclamos sobre la potabilidad del agua, presión del suministro, problemas con el alcantarillado, o el funcionamiento de los medidores.3Las superintendencias poseen el conocimiento técnico especializado y las facultades para ordenar medidas correctivas directas y aplicar sanciones por incumplimientos normativos.2

  • Vía General (SERNAC): Es la vía idónea para problemas que vulneran los derechos generales del consumidor, consagrados en la Ley N° 19.496. Por ejemplo:

  • Cobros indebidos o facturación poco transparente.7

  • Incumplimiento de ofertas o publicidad engañosa.

  • Problemas para dar de baja un servicio.

  • Maltrato o falta de respuesta por parte de la empresa.27

  • Búsqueda de indemnización por daños económicos derivados de una falla del servicio (ej. pérdida de alimentos por un corte de luz).19

Este sistema dual implica que no hay una única puerta de entrada. Un consumidor puede iniciar un reclamo en SERNAC y este, a su vez, coordinarse con la SEC o la SISS, o viceversa.7 Sin embargo, entender esta división permite al consumidor dirigir su reclamo de manera más estratégica, acelerando la posibilidad de una solución. Para un problema técnico, la superintendencia es el camino directo. Para una compensación económica o un problema contractual, SERNAC puede ser más efectivo, especialmente por su capacidad de agrupar casos y ejercer presión colectiva.


Parte II: Servicios Eléctricos: Derechos y Recurso



2.1. Panorama Normativo


El suministro eléctrico en Chile es considerado un servicio público y está rigurosamente regulado para asegurar su seguridad, eficiencia y acceso a precios razonables.18


Ley Fundamental y Organismo Regulador


El marco jurídico principal es la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE), cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se encuentra en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 4/20.018 de 2006.28 Esta ley establece la estructura del sector, separando las actividades de generación, transmisión y distribución para fomentar la competencia y garantizar un acceso no discriminatorio a las redes.18 La distribución de electricidad a consumidores finales es la actividad que se considera un servicio público por excelencia.31

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) es la entidad autónoma encargada de fiscalizar el cumplimiento de esta ley y toda la normativa técnica y de seguridad asociada.1 Sus funciones incluyen otorgar concesiones, fiscalizar la calidad del servicio, requerir adecuaciones a las empresas, e imponer sanciones como multas.2


2.2. Derechos Clave del Consumidor Eléctrico


La regulación eléctrica chilena consagra una serie de derechos específicos para los usuarios finales, que son la base para cualquier disputa.

  • Derecho a un Suministro Continuo y de Calidad: Las empresas distribuidoras tienen la obligación de proveer un servicio eléctrico que cumpla con estrictos estándares de calidad y seguridad.18 Esto implica mantener la continuidad del suministro y evitar interrupciones injustificadas. Este es el derecho más invocado por los consumidores, especialmente tras eventos climáticos que resultan en cortes masivos y prolongados.13 La SEC tiene la facultad de comprobar si una interrupción se debe a caso fortuito o fuerza mayor.2

  • Derecho a Información Clara y Oportuna: Los consumidores deben ser informados sobre las tarifas aplicadas, los cortes de suministro programados con la debida antelación y cualquier otra medida que pueda afectar la normalidad del servicio.15 La falta de información veraz y oportuna es una causa frecuente de reclamos y demandas colectivas.14

  • Derecho a Medición y Facturación Exacta: Las empresas son responsables de la correcta medición del consumo y de la emisión de boletas claras y precisas. Los usuarios tienen derecho a cuestionar los cobros que consideren excesivos o erróneos.23 Las boletas deben desglosar claramente los cargos.17

  • Derecho a Compensación por Interrupciones: La ley establece un mecanismo de compensación automática para los usuarios afectados por interrupciones de suministro que superen ciertos umbrales de duración y frecuencia y que no sean atribuibles a fuerza mayor. Esta compensación debe aplicarse como un descuento directo en la boleta siguiente al evento.8 Sin embargo, SERNAC frecuentemente busca compensaciones adicionales a través de PVCs o demandas colectivas para cubrir otros perjuicios no contemplados en el descuento automático.14

  • Derecho a Reclamar por Artefactos Dañados: Si una variación de voltaje o una sobretensión en la red eléctrica daña los electrodomésticos de un usuario, este tiene el derecho de reclamar a la empresa la reparación o reposición del bien dañado.19 Es fundamental que el consumidor presente este reclamo dentro de un plazo de seis meses desde ocurrido el hecho y conserve el artefacto dañado como prueba.36

  • Regulación de la Suspensión y Reposición del Servicio: Una empresa solo puede suspender el suministro por falta de pago después de notificar debidamente al cliente. Una vez que la deuda es saldada, la empresa tiene la obligación de reponer el servicio en un plazo máximo de 24 horas.17 El costo de la suspensión y reposición puede ser cobrado al usuario.17


2.3. Disputas Comunes y Panorama Estadístico


Los reclamos en el sector eléctrico son numerosos y se concentran en áreas específicas que reflejan los puntos de mayor fricción entre consumidores y empresas.


Causas Principales de Reclamos


  • Interrupciones del Suministro (Cortes de Luz): Es la causa más visible y de mayor impacto. Los reclamos se centran en la frecuencia y duración de los cortes, así como en la demora en la reposición del servicio.13 Eventos como nevazones o temporales suelen generar miles de reclamos y acciones colectivas.14

  • Facturación y Cobros: Errores en la lectura del medidor, cobros excesivos o no justificados, y falta de claridad en la boleta son motivos recurrentes de disputa.23

  • Daño de Artefactos: Las fluctuaciones de voltaje son una causa común de daño a equipos electrónicos y electrodomésticos, generando reclamos por reparación o indemnización.36

  • Calidad del Suministro: Problemas técnicos como subtensiones (baja tensión) o sobretensiones (picos de voltaje) que, aunque no lleguen a causar un corte total, afectan el funcionamiento de los equipos y pueden generar daños a largo plazo.38


Panorama Estadístico


Los datos de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles son reveladores. Según el informe de octubre de 2024, durante ese año se presentaron 2.5 millones de reclamos directamente a las empresas distribuidoras.39 De este universo, solo

60,500 reclamos fueron escalados a la SEC.39

Esta enorme diferencia entre los reclamos en primera y segunda instancia puede interpretarse de dos maneras. Por un lado, podría indicar que un alto porcentaje de los problemas se resuelve satisfactoriamente en la primera instancia, directamente con la compañía. Por otro lado, y de manera más crítica, podría reflejar una barrera de acceso o un desconocimiento por parte de los consumidores sobre su derecho y el procedimiento para escalar un reclamo a la autoridad fiscalizadora. Esta brecha subraya la importancia de que los usuarios no solo conozcan sus derechos, sino también el camino completo para ejercerlos, evitando el abandono del reclamo ante una respuesta insatisfactoria de la empresa. La existencia de SERNAC como una vía paralela, percibida a menudo como más accesible para el ciudadano común, también juega un rol en esta dinámica.


2.4. Procedimiento de Reclamo Paso a Paso para Servicios Eléctricos


Para que un consumidor pueda ejercer sus derechos de manera efectiva, es fundamental seguir un procedimiento ordenado.

  1. Primer Paso: Reclamo Directo a la Compañía Eléctrica

  2. Acción: El primer paso ineludible es presentar un reclamo formal ante la empresa proveedora del servicio (ej. Enel, CGE, Saesa). Este reclamo puede realizarse por vía telefónica, en oficinas comerciales o a través de sus plataformas en línea.

  3. Clave: Es crucial solicitar y guardar el número de reclamo o código de seguimiento. Este número es indispensable para cualquier gestión posterior.

  4. Plazo: La empresa distribuidora de electricidad tiene un plazo legal de 30 días para entregar una respuesta al consumidor.23

  5. Segundo Paso: Escalada a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

  6. Cuándo: Si la empresa no responde en el plazo de 30 días, o si la respuesta es insatisfactoria, el consumidor tiene el derecho de escalar el caso a la SEC.23

  7. Cómo: El reclamo ante la SEC puede interponerse a través de varios canales 35:

  8. En línea: A través de www.sec.cl, utilizando la ClaveÚnica.23

  9. Telefónico: Llamando al número 600 6000 732.40

  10. Presencial: En las oficinas regionales de la SEC.35

  11. Requisitos: Se debe proporcionar el número del reclamo inicial presentado ante la empresa y, si se recibió, la respuesta de esta.23 Es recomendable adjuntar toda la documentación de respaldo (boletas, fotos de artefactos dañados, etc.).

  12. Tercer Paso: El Rol del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)

  13. Vía Alternativa o Complementaria: Un consumidor puede presentar un reclamo en SERNAC en cualquier momento, ya sea en paralelo a la gestión con la SEC o como una alternativa, especialmente si el problema se relaciona con derechos del consumidor más amplios (aspectos contractuales, cobros, compensaciones económicas).8

  14. Canales: SERNAC ofrece múltiples canales de atención: Portal del Consumidor en línea, fono 800 700 100, TeleAtención por videollamada y oficinas a lo largo del país.42

  15. Resultado: SERNAC mediará con la empresa para buscar una solución. Si el problema es de carácter masivo, puede iniciar un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) o una demanda colectiva para buscar compensaciones para todos los afectados.14

  16. Cuarto Paso: Acción Judicial

  17. Instancia Final: Si ninguna de las vías administrativas anteriores logra una solución satisfactoria, especialmente en casos donde se busca una indemnización completa por daños y perjuicios que exceden los descuentos automáticos, el último recurso es la vía judicial.20

  18. Tribunal Competente: La acción debe presentarse ante el Juzgado de Policía Local correspondiente al domicilio del consumidor.43

  19. Plazo: Gracias a la Ley Pro Consumidor, el plazo para presentar una denuncia o demanda es de dos años desde que se cometió la infracción.22


Parte III: Servicios de Agua y Saneamiento: Derechos y Recurso



3.1. Panorama Normativo


La provisión de agua potable y la recolección de aguas servidas son servicios públicos esenciales, cuya regulación busca garantizar la salud pública y la calidad de vida.


Ley Fundamental y Organismo Regulador


El sector está regido principalmente por la Ley General de Servicios Sanitarios (LGSS), contenida en el Decreto con Fuerza de Ley (DFL) Nº 382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas.33 Esta ley establece el régimen de concesiones, las obligaciones de las empresas prestadoras y las relaciones con los usuarios y el Estado.33 Adicionalmente, la

Ley N° 20.998 regula específicamente los Servicios Sanitarios Rurales (SSR), antes conocidos como Agua Potable Rural (APR).32

El organismo fiscalizador es la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), una entidad descentralizada que depende del Ministerio de Obras Públicas.3 La SISS tiene la función de fiscalizar a los prestadores de servicios sanitarios, controlar el cumplimiento de las normas técnicas y ambientales, y proteger los derechos de los usuarios.3


3.2. Derechos Clave del Consumidor de Servicios Sanitarios


La normativa sanitaria define un conjunto claro de derechos y obligaciones para los usuarios.

  • Derecho de Acceso al Servicio: Todo usuario ubicado dentro del territorio operacional de una empresa concesionaria tiene derecho a solicitar y recibir los servicios de agua potable y alcantarillado, siempre que sea técnica y económicamente factible.24

  • Derecho a la Calidad y Continuidad del Agua: Las empresas deben suministrar agua potable que cumpla con las normas de calidad sanitaria (potabilidad) y en cantidad suficiente.16 El servicio debe ser continuo, y las interrupciones programadas deben ser informadas con al menos 48 horas de antelación.16 La SISS fiscaliza activamente que el agua sea segura para el consumo.46

  • Derecho a Medición y Facturación Correcta: El usuario tiene derecho a que su consumo sea medido con un medidor en correcto estado de funcionamiento y a recibir una cuenta mensual detallada.24 Si el usuario duda de la precisión del medidor, puede solicitar a la empresa una verificación. Si el medidor presenta un error superior al 4% permitido, el usuario tiene derecho a su reemplazo y a la refacturación de los últimos seis meses.16

  • Derecho a Compensación por Cortes: Aunque históricamente no ha sido tan explícito como en el sector eléctrico, existe una tendencia legislativa y jurisprudencial a exigir compensaciones por cortes de suministro injustificados. Un proyecto de ley busca establecer un sistema de compensaciones automáticas.47 Además, SERNAC ha actuado proactivamente exigiendo descuentos y compensaciones en casos de cortes masivos, como el ocurrido en Osorno.9

  • Derecho a Información y Respuesta Oportuna: Las empresas sanitarias están obligadas a atender oportunamente los reclamos y consultas de los usuarios, debiendo entregar una respuesta en un plazo máximo de 10 días hábiles.16


3.3. Disputas Comunes y Panorama Estadístico


Las controversias en el sector sanitario suelen estar ligadas a la operatividad del servicio y a los cobros asociados.


Causas Principales de Reclamos


  • Interrupciones del Suministro: Cortes no programados, a menudo causados por la rotura de matrices, son una fuente importante de reclamos y malestar ciudadano, generando la intervención de SERNAC y la SISS.7

  • Cobros Indebidos o Excesivos: Reclamos por facturaciones que los usuarios consideran desproporcionadas o erróneas son frecuentes. La SISS ha iniciado procesos de fiscalización a raíz de estas denuncias.50

  • Calidad del Agua: Aunque Chile tiene altos estándares de cobertura y calidad de agua potable 51, problemas puntuales de turbiedad, color u olor pueden generar reclamos. La SISS y las SEREMIS de Salud son las encargadas de fiscalizar este aspecto.46

  • Problemas de Alcantarillado: Rebosamiento de aguas servidas, obstrucciones y fallas en la recolección son otras causas de reclamos, que implican riesgos sanitarios y daños a la propiedad.48


Panorama Estadístico


Si bien no se dispone de un anuario estadístico consolidado para 2023 en los documentos analizados, la información disponible indica que la SISS categoriza los reclamos principalmente por Calidad de Servicio, Calidad del Agua, y Cobros.53 Desde 2008, la SISS realiza un Estudio de Percepción de los Usuarios que mide la satisfacción con el servicio. En 2023, la satisfacción neta alcanzó un 44.6%, mostrando una leve mejora respecto al año anterior, pero también señalando áreas donde se debe focalizar la fiscalización para mejorar la experiencia del usuario.54


3.4. Procedimiento de Reclamo Paso a Paso para Servicios Sanitarios


El proceso para reclamar en el sector sanitario sigue una lógica escalonada similar a la del sector eléctrico.

  1. Primer Paso: Reclamo Directo a la Compañía Sanitaria

  2. Acción: El usuario debe presentar su reclamo directamente a la empresa sanitaria (ej. Aguas Andinas, Esval, Essbio, Aguas del Altiplano). Puede hacerlo en oficinas, por teléfono o por medios electrónicos.48

  3. Clave: Es fundamental guardar una constancia del reclamo (número de folio, copia timbrada, etc.).

  4. Plazo: La empresa tiene un plazo máximo de 10 días hábiles para dar una respuesta por escrito.16

  5. Segundo Paso: Escalada a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS)

  6. Cuándo: Si la empresa no responde en el plazo establecido o la respuesta no es satisfactoria, el usuario puede acudir a la SISS.48

  7. Cómo: El reclamo ante la SISS se puede realizar por las siguientes vías 56:

  8. En línea: A través del portal de Atención Ciudadana en el sitio web de la SISS.

  9. Telefónico: Llamando a la línea gratuita 800 381 800.

  10. Presencial: En las oficinas regionales de la SISS.

  11. Por correo postal: Dirigiendo una carta al Superintendente.

  12. Requisitos: Se debe adjuntar copia del reclamo presentado a la empresa, la respuesta de esta (si la hubo) y cualquier otro antecedente que respalde la queja.57 La SISS puede resolver en un plazo de 10 a 30 días hábiles, dependiendo de la complejidad del caso.56

  13. Tercer Paso: El Rol del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)

  14. Vía Alternativa o Complementaria: SERNAC también recibe reclamos contra empresas sanitarias, actuando como mediador y coordinándose con la SISS.7 En casos de afectación masiva, como cortes de suministro prolongados, SERNAC ha iniciado Procedimientos Voluntarios Colectivos y demandas para obtener compensaciones para los afectados.9

  15. Cuarto Paso: Acción Judicial

  16. Instancia Final: Cuando las vías administrativas se agotan sin una solución satisfactoria, el usuario puede recurrir a los tribunales. La Ley del Consumidor establece que para acciones indemnizatorias, el tribunal competente es el Juzgado de Policía Local.20


Parte IV: Servicios de Gas por Red: Derechos y Recurso



4.1. Panorama Normativo


El mercado del gas en Chile, tanto licuado de petróleo (GLP) como natural (GN), está regulado para garantizar la seguridad y calidad del servicio, aunque con un esquema de precios mayoritariamente libre.


Leyes Fundamentales y Organismo Regulador


La regulación principal se encuentra en la Ley de Servicios de Gas (DFL N° 323 de 1931) y sus modificaciones, como la Ley N° 20.999.58 Esta legislación se complementa con una serie de decretos supremos que detallan aspectos técnicos y de servicio, entre los que destacan:

  • Decreto Supremo (DS) N° 263 de 1995: Aprueba el reglamento sobre concesiones para la distribución y transporte de gas.61

  • Decreto Supremo (DS) N° 67 de 2004: Regula la prestación y calidad del servicio de gas de red.21

  • Decreto Supremo (DS) N° 66 de 2007: Regula la seguridad de las instalaciones interiores de gas.58

Al igual que en el sector eléctrico, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) es el organismo encargado de la fiscalización y supervigilancia del cumplimiento de toda esta normativa.1


4.2. Derechos Clave del Consumidor de Gas por Red


Los usuarios de gas de red tienen derechos específicos que aseguran la calidad y seguridad del suministro.

  • Derecho a un Servicio Seguro y de Calidad: Las empresas tienen el deber de mantener sus instalaciones en buen estado para evitar peligros y garantizar la continuidad y calidad del servicio, conforme a las normas técnicas.58 Esto incluye la calidad del gas suministrado y la presión de servicio.21

  • Derecho a Información Transparente: Los consumidores tienen derecho a acceder a información clara sobre las tarifas, condiciones del servicio y procedimientos de la empresa. Las compañías deben tener a disposición del público un listado con todos sus servicios y tarifas.21

  • Derecho a Medición y Facturación Correcta: El consumo debe ser medido por un medidor certificado y en buen estado. La facturación debe ser clara, detallando todos los cargos.21 El usuario puede solicitar la verificación de su medidor.21

  • Derecho a Cambiar de Proveedor: La Ley N° 20.999, regulada por la Resolución Exenta N° 321, consagra el derecho de los clientes a cambiar de empresa distribuidora de gas, fomentando la competencia en el mercado.58

  • Regulación de la Suspensión y Término del Servicio: El servicio puede ser suspendido por el no pago de dos boletas consecutivas, previa notificación al cliente. Una vez pagada la deuda, el servicio debe ser repuesto en un plazo de 24 horas.21 El usuario también puede solicitar el término del servicio, cumpliendo con los plazos de aviso y sin tener deudas pendientes.21


4.3. Disputas Comunes y Panorama Estadístico


Los reclamos en el sector del gas, aunque menos numerosos que en electricidad, se centran en aspectos económicos y de calidad del servicio.


Causas Principales de Reclamos


  • Cobros y Precios: Es la principal causa de reclamo. Según datos de SERNAC, el "cobro de un precio superior al exhibido o informado" es el motivo más frecuente, representando un 34.8% de los casos entre 2018 y 2021.26 Esto puede estar vinculado a la estructura de mercado, que ha sido objeto de estudios por parte de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) por su alto grado de concentración, especialmente en el GLP.62

  • Servicio Defectuoso: Incluye problemas con la continuidad del suministro, la calidad del gas o el funcionamiento de las instalaciones de la empresa.26

  • Seguridad: Preocupaciones sobre la seguridad de las redes de distribución, empalmes y medidores.21


Panorama Estadístico


El informe de la SEC de octubre de 2024 indica que, durante ese año, las distribuidoras de gas recibieron 14,800 reclamos por gas natural de red y 25,800 por gas licuado de red (GLP).39 Estas cifras, aunque menores que las del sector eléctrico, demuestran que los problemas son significativos. La alta concentración de reclamos en temas de precios 26 sugiere que los consumidores son particularmente sensibles a las condiciones comerciales en un mercado con pocas alternativas, como lo ha señalado la FNE.62


4.4. Procedimiento de Reclamo Paso a Paso para Servicios de Gas


El procedimiento para reclamar por el servicio de gas es gestionado por la misma superintendencia que el sector eléctrico, la SEC, por lo que sigue una estructura similar.

  1. Primer Paso: Reclamo Directo a la Compañía de Gas

  2. Acción: Presentar el reclamo formal ante el proveedor (ej. Metrogas, Lipigas, Abastible).

  3. Clave: Obtener y conservar el número de ingreso del reclamo.

  4. Plazo: La empresa de gas tiene un plazo legal de 15 días para dar una respuesta al consumidor.23

  5. Segundo Paso: Escalada a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

  6. Cuándo: Si la empresa no responde en 15 días o la respuesta es insatisfactoria.

  7. Cómo: Utilizar los mismos canales que para los reclamos eléctricos: portal web de la SEC (www.sec.cl) con ClaveÚnica, fono 600 6000 732, o de forma presencial.23

  8. Requisitos: Es necesario haber presentado el reclamo previo a la empresa y contar con el número de ingreso y la respuesta de la compañía, si la hubo.23

  9. Tercer Paso: El Rol del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)

  10. Vía Alternativa: SERNAC también gestiona reclamos contra empresas de gas, especialmente aquellos relacionados con cobros, condiciones contractuales y publicidad.26 Los canales son los mismos que para otros servicios (portal web, teléfono, oficinas).

  11. Cuarto Paso: Acción Judicial

  12. Instancia Final: De no encontrar solución en las instancias administrativas, el consumidor puede presentar una denuncia o demanda ante el Juzgado de Policía Local competente.43


Parte V: Guía Práctica y Recomendaciones Estratégicas para Consumidores


Para facilitar la gestión de disputas, esta sección consolida la información clave en herramientas prácticas y ofrece recomendaciones estratégicas.


5.1. Cuadro Comparativo de Canales de Reclamo


La siguiente tabla resume las vías de reclamación para cada servicio básico, destacando los plazos y las entidades responsables en cada etapa.


Característica

Servicio Eléctrico

Servicio de Agua y Saneamiento

Servicio de Gas por Red

Ley Principal

DFL N° 4/20.018 (LGSE) 30

DFL N° 382/88 (LGSS) 44

DFL N° 323 (Ley de Gas) 59

Organismo Regulador

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) 1

Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) 3

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) 1

Paso 1: Reclamo a la Empresa

Sí, es obligatorio 23

Sí, es el primer paso recomendado 48

Sí, es obligatorio 23

Plazo de Respuesta de la Empresa

30 días 23

10 días hábiles 48

15 días 23

Paso 2: Escalada al Regulador

SEC 23

SISS 55

SEC 23

Contacto Regulador

www.sec.cl / 600 6000 732 40

www.siss.gob.cl / 800 381 800 56

www.sec.cl / 600 6000 732 40

Vía Alternativa / Complementaria

SERNAC 42

SERNAC 9

SERNAC 26

Instancia Judicial Final

Juzgado de Policía Local 43

Juzgado de Policía Local 20

Juzgado de Policía Local 43


5.2. Construyendo un Caso Sólido: Lista de Verificación para el Consumidor


La efectividad de un reclamo depende en gran medida de la calidad de la información y la evidencia presentada. Se recomienda seguir estos pasos 42:

  1. Documentar Todo:

  2. Guardar Boletas y Contratos: Conserve todas las boletas o facturas, así como el contrato de suministro del servicio.

  3. Crear un Registro de Comunicaciones: Anote la fecha, hora, nombre del ejecutivo y, fundamentalmente, el número de reclamo o ticket de cada interacción con la empresa.

  4. Recopilar Evidencia Visual: Tome fotografías o videos claros del problema. Esto es crucial para casos de artefactos dañados, rebalses de alcantarillado o medidores defectuosos.

  5. Formular el Reclamo de Manera Efectiva:

  6. Ser Claro y Específico: Al presentar el reclamo, describa el problema de forma concisa y cronológica. Evite generalidades.

  7. Indicar la Solución Deseada: Especifique claramente qué espera de la empresa (ej. "solicito la reparación de mi refrigerador", "pido la refacturación de la boleta de mayo", "exijo la reposición del servicio de inmediato").

  8. Adjuntar Pruebas: Al presentar el reclamo en línea o por escrito, adjunte copias de todos los documentos relevantes: boletas, fotos, informes técnicos si los tuviera.42


5.3. Comprendiendo las Compensaciones y Remedios


Es vital que los consumidores distingan entre los diferentes tipos de reparación a los que pueden tener derecho.

  • Descuentos Automáticos: En el sector eléctrico, la ley obliga a las empresas a aplicar descuentos automáticos en la boleta por cortes de suministro injustificados y prolongados.8 Este es un derecho que no requiere de un reclamo individual para su aplicación, aunque es importante verificar que se haga efectivo.

  • Indemnización de Perjuicios: Esta va más allá del descuento automático y busca reparar todos los daños adicionales sufridos por el consumidor. Esto puede incluir 19:

  • El valor de los alimentos perdidos por la interrupción de la cadena de frío.

  • El costo de medicamentos que requerían refrigeración.

  • El costo de reparación o reemplazo de electrodomésticos dañados.

  • Lucro cesante (pérdidas económicas para comercios o teletrabajadores).Para obtener esta indemnización, generalmente es necesario presentar un reclamo específico, ya sea a través de SERNAC (que puede buscar acuerdos en PVCs) o directamente en el Juzgado de Policía Local.20

  • Acciones Colectivas (PVC y Demandas): Cuando un problema afecta a muchos usuarios, SERNAC puede intervenir colectivamente.12 Para el consumidor, participar o ser beneficiario de estas acciones puede ser más efectivo que un reclamo individual, ya que la fuerza colectiva aumenta la presión sobre la empresa para llegar a una solución compensatoria justa y amplia.10


5.4. Contactos y Recursos Clave



Entidad

Sitio Web

Teléfono

SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)

800 700 100 15

SEC (Superintendencia de Electricidad y Combustibles)

600 6000 732 40

SISS (Superintendencia de Servicios Sanitarios)

800 381 800 56

ChileAtiende (Portal de servicios del Estado)

101 65


Conclusión


Las disputas con los proveedores de servicios básicos representan una de las áreas de mayor conflicto para los consumidores en Chile, dada la naturaleza esencial de estos suministros. El análisis del marco normativo y los datos disponibles revela un sistema de protección robusto pero complejo, que exige un consumidor informado y proactivo para ser navegado con éxito.

Los derechos de los usuarios a un servicio de calidad, continuo, seguro y a una facturación justa están claramente establecidos en las leyes sectoriales (LGSE, LGSS, Ley de Gas) y reforzados por la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores. La existencia de organismos fiscalizadores especializados como la SEC y la SISS, junto con la labor transversal del SERNAC, conforma una red de protección sólida.

Sin embargo, la efectividad de esta red depende de la capacidad del ciudadano para activar los mecanismos correctos. La evidencia estadística, como la disparidad entre los reclamos presentados a las empresas eléctricas y los que llegan a la SEC, sugiere que puede existir una brecha de conocimiento o una "fatiga del reclamante" que impide que muchos casos insatisfactorios sean escalados.

Por tanto, las recomendaciones estratégicas para los consumidores son claras:

  1. Conocer sus Derechos: Entender qué se puede exigir en términos de calidad, continuidad, seguridad e información es el primer paso para identificar una infracción.

  2. Documentar Rigurosamente: La base de cualquier reclamo exitoso es la evidencia. Guardar boletas, contratos, tomar fotografías y mantener un registro de todas las comunicaciones es fundamental.

  3. Seguir el Procedimiento Formal: Siempre se debe iniciar el reclamo formalmente ante la empresa para activar los plazos legales. Es indispensable obtener y conservar el número de seguimiento.

  4. No Dudar en Escalar: Si la respuesta de la empresa es insatisfactoria o inexistente, se debe escalar el reclamo a la superintendencia correspondiente (SEC o SISS) para asuntos técnicos y regulatorios, o a SERNAC para temas de derechos del consumidor y compensaciones económicas.

  5. Aprovechar las Herramientas Colectivas: En casos de problemas masivos, como cortes de suministro generalizados, estar atento a las acciones colectivas iniciadas por SERNAC puede ser la vía más eficaz para obtener una reparación.

En definitiva, aunque el sistema puede parecer intimidante, está diseñado para proteger al usuario. La clave del empoderamiento reside en el conocimiento de los derechos y la perseverancia en el uso de los canales de reclamación disponibles. La continua modernización de la legislación, como la Ley Pro Consumidor, y la activa fiscalización de los organismos públicos, apuntan a un fortalecimiento progresivo de la posición del consumidor en estos mercados vitales.

Obras citadas

  1. Superintendencia de Electricidad y Combustibles - Wikipedia, la enciclopedia libre, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://es.wikipedia.org/wiki/Superintendencia_de_Electricidad_y_Combustibles

  2. Ley 18410 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=29819

  3. Superintendencia de Servicios Sanitarios - Wikipedia, la enciclopedia libre, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://es.wikipedia.org/wiki/Superintendencia_de_Servicios_Sanitarios

  4. Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.bcn.cl/api-leyfacil/servicio/ObtenerGuiaPublicadaHTML?uri=servicio-nacional-del-consumidor-sernac

  5. Ley del consumidor - SERNAC: Protección, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/proteccion-al-consumidor/ley-del-consumidor/

  6. En 2023 Sernac recibió más de 593 mil reclamos de clientes: mayoría de casos fue contra el retail - BioBioChile, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.biobiochile.cl/noticias/economia/actualidad-economica/2024/05/20/en-2023-sernac-recibio-mas-de-593-mil-reclamos-de-clientes-mayoria-de-casos-fue-contra-el-retail.shtml

  7. Servicios basicos - SERNAC: Protección, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/618/w3-propertyvalue-27980.html

  8. Electricidad - SERNAC: Protección, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/618/w3-propertyvalue-28069.html

  9. Agua potable - SERNAC: Protección, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/618/w3-propertyvalue-28068.html

  10. Servicios basicos - SERNAC: Información de mercados y productos, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/612/w3-propertyvalue-27980.html

  11. Convenio de cooperación entre la SISS y el SERNAC, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/618/articles-13398_archivo_01.pdf

  12. Indicadores de Desempeño Año 2023 - Dipres, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.dipres.gob.cl/597/articles-290546_doc_pdf.pdf

  13. Radiografía de cortes de energía: Comunas más afectadas y número de reclamos recibidos por SERNAC, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/604/w3-article-81868.html

  14. SERNAC demanda colectivamente a 12 compañías eléctricas responsables de los últimos cortes de luz, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/demanda-colectiva-12-empresas-electricas-cortes-luz/

  15. Derechos y deberes en el consumo - SERNAC: Portal institucional, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/617/w3-propertyvalue-8321.html

  16. DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN SERVICIOS BÁSICOS, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.acovaldelosrios.cl/wp-content/uploads/2019/11/Servicios-Ba%CC%81sicos.pdf

  17. Tome nota: Sus derechos en Servicios Básicos - SERNAC: Educación, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/607/w3-article-3252.html

  18. ¿Qué es la ley general de servicios electricos?, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://solucioneselectricas.cl/blog/2023/09/29/que-es-la-ley-general-de-servicios-electricos/

  19. Compensación por cortes de luz - SERNAC: Noticias, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/604/w3-propertyvalue-67703.html

  20. Derechos de los usuarios de los servicios públicos sanitarios. - Diario Constitucional, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.diarioconstitucional.cl/articulos/derechos-de-los-usuarios-de-los-servicios-publicos-sanitarios/

  21. Reglamento Servicio de Gas de Red - Comisión Nacional de Energía -, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.cne.cl/archivos_bajar/reglamento_servicio_gas_de_red.pdf

  22. Consultas y Reclamos - SERNAC: Portal institucional, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/617/w3-propertyvalue-64529.html

  23. Reclamo contra empresas y organismos fiscalizados por la SEC - ChileAtiende, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/2692-reclamo-contra-empresas-y-organismos-fiscalizados-por-la-sec

  24. Derechos y Obligaciones del Cliente - Superintendencia de Servicios Sanitarios, fecha de acceso: julio 4, 2025, http://www.siss.gob.cl/586/w3-article-8613.html

  25. Ley 18902, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://nuevo.leychile.cl/servicios/Consulta/Exportar?radioExportar=Normas&exportar_formato=pdf&nombrearchivo=LEY-18902_27-ENE-1990&exportar_con_notas_bcn=True&exportar_con_notas_originales=True&exportar_con_notas_al_pie=True&hddResultadoExportar=30274.1990-01-28.0.0%23

  26. Sernac revela casi 9 mil reclamos asociados al mercado del gas en últimos tres años, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.df.cl/empresas/energia/sernac-revela-casi-9-mil-reclamos-asociados-al-mercado-del-gas-en

  27. Reclamos Chile: los 6 más “comunes” y cómo controlarlos, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://ztz.ai/post/reclamos-chile-los-6-mas-comunes-y-como-controlarlos

  28. Sector Eléctrico - Comisión Nacional de Energía -, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.cne.cl/normativas/electrica/sector-electrico/

  29. Ley 20.018, Ley General de Servicios Eléctricos, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.economia.gob.cl/2010/12/10/ley-20-018-ley-general-de-servicios-electricos.htm

  30. dfl 4 dfl 4/20018 fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 1, de mineria, de 1982, ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=258171&idParte=9377941&idVersion=

  31. Ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica ..., fecha de acceso: julio 4, 2025, https://leyes-cl.com/ley_general_de_servicios_electricos_en_materia_de_energia_electrica.htm

  32. Ley 20998 - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - Ley Chile, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://nuevo.leychile.cl/navegar?idNorma=1100197

  33. dfl 382 ley general de servicios sanitarios - Biblioteca del Congreso ..., fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.bcn.cl/leychile/Navegar?idNorma=5545&idParte=8627500&idVersion=1991-02-20

  34. Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) - SERNAC: Protección, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/618/w3-propertyvalue-14974.html

  35. Superintendencia de Electricidad y Combustibles - SEC, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sec.cl/?view_full_site=true

  36. Daño de Artefactos a Causa de Cambios en el Suministro - SEC, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sec.cl/area-ciudadana/dano-de-artefactos-a-causa-de-cambios-en-el-suministro/?view_full_site=true

  37. Región de Los Lagos - SERNAC: Información de mercados y ..., fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/619/w3-propertyvalue-7794.html

  38. Problemas eléctricos más comunes - Electricistas.cl, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://electricistas.cl/problemas-electricos-mas-comunes/

  39. Informe SEC Octubre 2024, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sec.cl/sitio-web/wp-content/uploads/2024/11/Informe-SEC-Octubre-2024.pdf

  40. CONTACTO WEB - Atención Ciudadana, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://atencionciudadana.minenergia.cl/tramites/informacion/8

  41. www.sernac.cl, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/618/w3-propertyvalue-28069.html#:~:text=las%20acciones%20correspondientes.-,El%20Servicio%20llama%20a%20los%20consumidores%20a%20interponer%20sus%20reclamos,en%20calle%20Bulnes%20739%2C%20Chill%C3%A1n.

  42. Ingresar un Reclamo contra una empresa - SERNAC: Portal institucional, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/617/w3-article-9178.html

  43. Consejos y Procedimientos de Reclamo para los Consumidores - Conadecus, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.conadecus.cl/consejos-y-procedimientos-de-reclamo-para-los-consumidores/

  44. Ley General de Servicios Sanitarios, fecha de acceso: julio 4, 2025, http://www.siss.gob.cl/586/w3-article-3692.html

  45. Ley Chile - DFL 382 21-JUN-1989 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - BCN, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://c.bcn.cl/qczaYC

  46. Conoce el rol de la SISS para asegurar el consumo seguro de agua potable - YouTube, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.youtube.com/watch?v=gpWqj-HFQpA

  47. Modifica la Ley General de Servicios Sanitarios para establecer un sistema de compensaciones a los usuarios afectados por interr, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.camara.cl/verDOC.aspx?prmID=82061&prmTipo=FICHAPARLAMENTARIA&prmFICHATIPO=DIP&prmLOCAL=0

  48. Servicios Sanitarios, Derechos y Procedimientos de Reclamo ..., fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.conadecus.cl/servicios-sanitarios-derechos-y-procedimientos-de-reclamo/

  49. El SERNAC presentó demanda contra Aguas Antofagasta tras extenso y masivo corte, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sernac.cl/portal/604/w3-article-78728.html

  50. SISS inicia fiscalización por reclamos en facturación de empresa sanitaria - Gobierno Regional de Atacama, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://goreatacama.gob.cl/2015/05/14/siss-inicia-fiscalizacion-por-reclamos-en-facturacion-de-empresa-sanitaria-2/

  51. La SISS publica el Informe anual sobre cobertura de abastecimiento, saneamiento y depuración en Chile | iAgua, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.iagua.es/noticias/chile/13/05/17/la-siss-publica-el-informe-anual-sobre-cobertura-de-abastecimiento-saneamiento-y-depuracion-en-chile-305

  52. Superintendencia de Servicios Sanitarios - Ministerio de Obras Públicas, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.mop.gob.cl/category/superintendencia-de-servicios-sanitarios/

  53. CUADRO 60 RECLAMOS CONTRA EMPRESAS SANITARIAS RECIBIDOS POR LA SISS SEGÚN MOTIVO - Zbiory danych - AmeriGEOSS Community Platform DataHub. (BETA), fecha de acceso: julio 4, 2025, https://data.amerigeoss.org/pl/dataset/cuadro-060-reclamos-contra-empresas-sanitarias-recibidos-por-la-siss-segun-motivo

  54. Chile: La SISS promueve buenas prácticas para la evaluación de la satisfacción en el servicio de agua - Aderasa, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://aderasa.org/chile-siss-promueve-buena-practica-para-medir-la-satisfaccion-del-servicio-de-agua/

  55. www.chileatiende.gob.cl, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/4674-reclamo-contra-empresas-sanitarias-responsables-de-los-servicios-de-agua-potable-y-alcantarillado-urbano#:~:text=Dir%C3%ADjase%20a%20una%20oficina%20regional,reclamo%20contra%20una%20empresa%20sanitaria.

  56. Reclame, denuncie - SISS. Superintendencia de Servicios Sanitarios, fecha de acceso: julio 4, 2025, http://www.siss.gob.cl/586/w3-propertyvalue-6438.html

  57. Reclamo contra empresas sanitarias responsables de los servicios de agua potable y alcantarillado urbano - ChileAtiende, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/4674-reclamo-contra-empresas-sanitarias-responsables-de-los-servicios-de-agua-potable-y-alcantarillado-urbano

  58. Decretos de Ley | Lipigas, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://lipigas.cl/decretos-de-ley/

  59. LEY DE SERVICIOS DE GAS Y SUS MODIFICACIONES DECRETO N° 323 MINISTERIO DE MINERIA, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.cne.cl/archivos_bajar/ley_323_de_servicios_de_gas_de_1931.pdf

  60. aprueba reglamento de servicio de gas de red y de distribución de gas licuado a granel y deroga decreto supremo n° 67, de 2004, del - Ministerio de Energía |, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://energia.gob.cl/sites/default/files/decreto_supremo_79_reingreso_octubre.pdf

  61. Concesión definitiva de transporte o distribución de gas de red - ChileAtiende, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/2650-concesion-definitiva-de-transporte-o-distribucion-de-gas-de-red

  62. Estudio de Mercado del Gas (EM06-2020) - Fiscalía Nacional Económica, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.fne.gob.cl/wp-content/uploads/2021/10/2.-Informe_Preliminar-Gas.pdf

  63. Decálogo orientativo para la resolución de reclamos - SOFOFA, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.sofofa.cl/wp-content/uploads/2025/06/Decalogo_Orientativo_para_la_Resolucion_de_Reclamos.pdf

  64. El servicio del consumidor chileno demandó a las dos empresas por el megacorte de luz en febrero - Infobae, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.infobae.com/america/america-latina/2025/03/25/el-servicio-del-consumidor-chileno-demando-a-las-dos-empresas-por-el-megacorte-de-luz-en-febrero/

  65. Cómo y dónde realizar un reclamo - ChileAtiende, fecha de acceso: julio 4, 2025, https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/35879-como-y-donde-realizar-un-reclamo

Comments

Rated 0 out of 5 stars.
No ratings yet

Add a rating

Aguila & Cía. Abogados en Puerto Montt - Concepción 120, piso 8, Puerto Montt

bottom of page